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Entró en vigor la enmienda que amplía los delitos que ameritan prisión oficiosa
 
Periódico La Jornada
Jueves 2 de enero de 2025, p. 9

En el primer minuto de este año entraron en vigor las reformas a los artículos 19 y 21 de la Constitución, con las que se amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y se dan más facultades a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), entre ellas poder participar en la investigación de delitos y coordinar la Estrategia Nacional de Seguridad.

Las enmiendas se promulgaron el martes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), pero sus efectos comenzaron a aplicarse a partir de ayer.

En el artículo 19 se agregó imponer prisión automática a una persona sin condena cuando es acusada de extorsión y de delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

También, en los casos de contrabando y de cualquier actividad relacionada con comprobantes fiscales falsos. A partir de la entrada en vigor de este decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento de carácter administrativo, instruye el segundo artículo transitorio.

Con la promulgación, el Congreso de la Unión tendrá hasta el 30 de junio de este año para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias, de acuerdo con el decreto; en tanto, se da a los congresos locales plazo hasta el próximo 31 de diciembre para hacer las reformas necesarias y cumplir con la enmienda.

La reforma al artículo 21 permite a la SSPC, que encabeza Omar García Harfuch, coadyuvar en labores de investigación de delitos, facultades que sólo tenían el Ministerio Público, las policías y la Guardia Nacional (GN).

Además, ordena que los fondos de ayuda federal para la seguridad pública que reciban entidades federativas y municipios serán auditados y su debido ejercicio vigilado por el Sistema a través de su Secretariado Ejecutivo. También se establece que la SSPC coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y auxiliará en la materia al titular del Ejecutivo federal.

También, corresponderá la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública, en los términos que señale la ley, y podrá coordinar las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno mediante las instituciones de seguridad pública, las cuales además deberán proporcionar la información de que dispongan o que recaben conforme a la ley. Podrá solicitar datos a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos.

Ante la publicación en el DOF de la reforma sobre prisión preventiva oficiosa, reafirmamos que esta figura contraviene derechos humanos, señaló la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH). En su cuenta de X, reiteró que lejos de expandirse y endurecerse, dicha medida debería eliminarse. Según mecanismos internacionales, es detención arbitraria.