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Juzgadores podrán solicitar su retiro voluntario y servicio del Issste vitalicio
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de diciembre de 2024, p. 7

Luego de entrar en vigor la reforma constitucional al Poder Judicial, y con el proceso de elección de ministros, magistrados y jueces en marcha rumbo a la elección en junio próximo, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) formalizó su segunda modificación al plan de pensiones complementarias para jueces y magistrados, lo que les da la posibilidad de solicitar su retiro anticipado y recibir de manera vitalicia servicios del Issste.

En el acuerdo publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el CJF estableció que bastará que tengan seis años ejerciendo funciones de impartidores de justicia y al menos 25 años de servicio, para que tanto magistrados de circuito como jueces de distrito puedan pedir su retiro voluntario.

De acuerdo con documentos de la dirección general de recursos humanos del CJF dados a conocer el pasado 17 de noviembre por La Jornada, al adelantar dichas adecuaciones hay por lo menos mil 150 personas titulares que cumplen con el requisito de seis años y más como personas juzgadoras, aunque el ajuste sólo beneficiaría a 557 juzgadores.

Además, en el acuerdo publicado el jueves se indica que las personas juzgadoras que no cumplan esos 25 años de servicio en el Poder Judicial de la Federación, pero que cuenten con alguna de las pensiones otorgadas por la Ley del Issste, y tengan seis años ejerciendo funciones como persona titular de un órgano jurisdiccional, “podrán jubilarse anticipadamente con un porcentaje de pensión complementaria que disminuirá en un punto porcentual progresivamente conforme disminuyan los años de servicio".

Antes de la reforma judicial la regulación señalaba que para la jubilación anticipada requerían tener mínimo 65 años de edad y 25 de servicios, y cuyos beneficiarios reciben una pensión complementaria determinada aritméticamente en razón de los años de servicio y la edad.

Desde septiembre pasado, en una primera reforma de diversas disposiciones relacionadas con el Plan de Pensiones Complementarias, se ampliaron los beneficios para jueces y magistrados que tengan derecho a una pensión del Issste con menos de 55 años de edad y eliminó el requisito de ratificación en el cargo, pero con esta segunda publicación en el DOF se ajusta nuevamente la disposición.