Política
Ver día anteriorSábado 7 de diciembre de 2024Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Publican cambios a reglamento para agilizar votaciones
 
Periódico La Jornada
Sábado 7 de diciembre de 2024, p. 9

El Diario Oficial de la Federación publicó anoche las modificaciones al reglamento del Senado encaminadas a agilizar el trabajo legislativo a través de disminuir tiempos y regular los llamados votos particulares, a los que ha recurrido la oposición para alargar sus participaciones en tribuna.

La reforma fue aprobada de forma acelerada. La iniciativa la presentó el pasado 2 de este mes el coordinador de Morena, Adán Augusto López Hernández, y se aprobó el jueves por la noche en el pleno senatorial, por lo que 24 horas después fue publicada durante una sesión vespertina y entrará en vigor hoy.

Se trata de una iniciativa encaminada, sobre todo, a evitar el número desproporcionado de votos particulares que senadores de PAN, PRI y MC han presentado en los más de tres meses del periodo ordinario, con el objeto de poder expresar una y otra vez sus puntos de vista contra las reformas constitucionales impulsadas por el bloque guinda y aliados.

Ello llevó a que la mayoría de las 12 modificaciones a la Carta Magna aprobadas hasta el momento se votaran hasta la madrugada, luego de discusiones maratónicas, de más de 15 horas en el caso de la reforma judicial.

Buscan evitar subterfugios

El presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, precisó que en las legislaturas de 2012 a 2018, en que PRI y PAN eran mayoría, se presentaron 40 votos particulares, pero ahora, tan sólo en tres meses y medio van 300, por lo que era necesario modificar el reglamento y debatir lo que fuera necesario, pero sin acudir a subterfugios.

Para las leyes secundarias de la reforma judicial se presentaron 38 reservas, con 10 minutos para cada orador, lo que ha habría significado más de cinco horas antes de entrar al debate de las mismas.

La modificación al reglamento del Senado establece que, después de la presentación del dictamen respectivo, seguirán las posturas de cada grupo parlamentario y luego el debate en lo general. Una vez concluido éste, seguirán los votos particulares y éstos deberán reunir diversos requisitos.

No se dará trámite alguno al voto particular que no satisfaga los elementos señalados en el artículo 208, es decir, título, ordenamiento, nombres de la o las comisiones emisoras del dictamen, fundamentos, consideraciones, el texto normativo y régimen transitorio alternativo, firma autógrafa, así como fecha y hora de su presentación.