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Demanda el Acnur poner un alto a la detención de niños migrantes

Advierte graves consecuencias para quienes huyen de la violencia, el conflicto o la persecución

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▲ Campamento de migrantes en la colonia Vallejo de la alcaldía Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México.Foto José Antonio López
 
Periódico La Jornada
Lunes 23 de septiembre de 2024, p. 16

Pese a los avances legales para prohibir la detención de niños por razones migratorias, al menos 77 países aún tienen leyes que lo permiten y cada año son retenidos 330 mil menores por esa razón, de acuerdo con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), que reitera a los estados su obligación de acabar con esta práctica perniciosa en contra de solicitantes de asilo.

En un informe, el organismo reconoce que México promulgó una ley que prohíbe la detención de niños en función de su situación legal o migratoria, ya sea que estén acompañados o no. Esta responsabilidad, añadió, se asignó al Sistema Nacional de Protección de la Infancia y estos cambios legislativos se complementan con un Protocolo de Protección Integral para la Niñez Migrante, que abarca la detección, evaluación, remisión y colocación comunitaria de los infantes.

Asimismo, señala que se requiere establecer mecanismos de cuidado adecuados y seguros, así como programas comunitarios tanto para los niños solicitantes de asilo y refugiados no acompañados como para los que están acompañados y sus familias.

En el informe Desbloqueando derechos: Hacia el fin de la detención de solicitantes de asilo y refugiados por motivos migratorios, el Acnur destaca las graves consecuencias de la detención arbitraria para las personas que huyen de la violencia, el conflicto o la persecución, como son los impactos a la salud física y mental, además de cortar los lazos familiares.

Además de la detención de niños, el documento identifica otras áreas críticas de reforma, como la “detención de facto”, la cual consideró como una preocupación creciente, particularmente en las instalaciones fronterizas, donde el efecto acumulativo de las restricciones a los derechos, incluida la libertad de movimiento de los solicitantes de asilo y refugiados, puede equivaler a una privación de la libertad.

En la mayoría de estos casos, las personas no pueden impedir o impugnar la detención arbitraria, debido a que carecen de acceso a la información, a un abogado o a la revisión judicial de su detención, apunta.

El organismo formuló recomendaciones con base en el derecho internacional de los refugiados y de los derechos humanos, como los modelos basados en el apoyo de las comunidades, que son más humanas, económicamente más eficientes y aseguran una mayor conformidad con los procedimientos de asilo.

Las alternativas de detención no deben implicar la imposición de restricciones a la libertad de movimiento de los solicitantes, quienes además no tienen que ser penalizados por buscar protección internacional.