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A juicio, siete integrantes de Guerreros Unidos por el caso de los 43 normalistas

Al menos cinco fueron liberados en 2018 por falta de elementos// La Corte les negó recurso de inejecución

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▲ A unos días de que se cumpla una década de la desaparición forzada de 43 estudiantes de Ayotzinapa, familiares siguen exigiendo justicia. La imagen, el pasado 26 de abril en la CDMX.Foto Germán Canseco
 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de septiembre de 2024, p. 12

Por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), irán a juicio por delincuencia organizada siete integrantes del cártel Guerreros Unidos considerados entre los principales involucrados en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

Ellos son Miguel Ángel Landa Bahena, El Duvalín; Salvador Reza Jacobo, El Lucas; Patricio Reyes Landa, El Pato; Jonathan Osorio Cortés, El Jona; Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Darío Morales Sánchez, El Comisario, y Agustín García Reyes, El Chereje,

Lo anterior, porque la SCJN desechó un incidente de inejecución de sentencia derivado de diversos juicios de amparo en el que los integrantes de Guerreros Unidos solicitaban protección de la justicia federal.

Sin embargo, se determinó reponer el proceso penal por delincuencia organizada contra los siete involucrados, a quienes en las investigaciones iniciales se les imputó haber participado en el traslado de los jóvenes a un paraje cercano a la casa de Gildardo López Astudillo, El Cabo Gil, uno de los principales mandos de la organización, quien la noche del 26 de septiembre de 2014 les ordenó desaparecer a los estudiantes.

Los amparos en revisión relacionados con este casos son 203/2017, 204/2017 Y 205/2017, por la sentencia dictada en la causa 66/2015.

Desde octubre de 2018, al menos El Chereje, El Jona, El Pato, El Lucas y El Cepillo fueron dejados en libertad por falta de elementos, según consideró el juzgado primero de distrito de procesos penales federales, el cual otorgó libertad a diversos involucrados porque presuntamente fueron objeto de actos de tortura, o bien al considerar que el Ministerio Público Federal no acreditó la existencia de la organización delictiva Guerreros Unidos.

El acuerdo del pleno de la Corte ordena al juez del caso que se les dicte nueva sentencia, en la que al momento de realizar el análisis concreto de la causa revoque la resolución apelada y ordene la reposición del procedimiento hasta el auto de donde se tuvo cumplida la orden de captura.

En el fallo dictado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se contempla que esta sentencia beneficie también a las víctimas indirectas, a fin de que estén en posibilidades de hacer valer sus derechos en el mismo, haciéndoles saber además, que de no contar con abogado que las represente, el juzgado les asignará un asesor jurídico federal con cargo al Estado.

De esa manera resolvió la Corte los recursos interpuestos por los integrantes del cártel Guerreros Unidos contra un fallo emitido en su contra y en el que acusaban el supuesto incumplimiento de sentencia por parte del Ministerio Público Federal, la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y otras autoridades.