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Piden evitar que en área protegida de Chapultepec construyan casas

Ciudadanos y organizaciones envían firmas al Congreso

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▲ El predio de Montes Apalaches 525, lleva 25 años de litigio.Foto La Jornada
 
Periódico La Jornada
Sábado 27 de julio de 2024, p. 28

Ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil pidieron al Congreso de la Ciudad de México se abstenga de autorizar el cambio de área natural protegida y de valor ambiental a uso de suelo habitacional para el predio de Montes Apalaches 525, en la tercera sección del Bosque de Chapultepec, en favor de la Inmobiliaria Trepi.

Con más de una veintena de firmas, la opinión ciudadana entregada al legislativo señala que la sentencia del juzgado cuarto de distrito en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación, emitida el pasado 11 de junio y en la que ordenó autorizar el cambio de uso de suelo de forma directa y en un plazo de 10 días, viola derechos humanos constitucionales y convencionales, así como criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en materia de acceso a un medio ambiente sano, al agua, a la salud y al desarrollo sustentable de los habitantes de la Ciudad de México.

La opinión vecinal respalda la postura de la presidenta de la mesa directiva del Congreso, Gabriela Salido, de no ejecutar la sentencia del juzgado al advertir que la pérdida de una parte del bosque es un daño grave para la sociedad.

En su respuesta al juzgado explicó además que no podía autorizar el cambio de uso de suelo de manera directa, porque las decisiones del legislativo son colegiadas y tiene un procedimiento previsto en la ley.

Dado el incumplimiento de la sentencia por parte del Congreso, según lo previsto en la Ley de Amparo y la Constitución, el juzgado remitirá los autos al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa que a su vez los enviará a la SCJN.

Los suscritos, encabezados por Alejandro Pietro Testori y Artemisa Patricia Negrón, piden al Congreso que solicite a la Corte el cumplimiento sustituto de la resolución, figura contemplada en la Ley de Amparo, con la que se buscaría que la sentencia se dé por cumplida mediante el pago de los daños y perjuicios al quejoso y no con el cambio de uso de suelo.

Para sustentar las violaciones al derecho al medio ambiente sano, al agua, a la salud y al desarrollo sustentable que significa la determinación del juzgado cuarto, invocan diversas disposiciones de la Constitución federal y de la Ciudad de México, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Acuerdo de Escazú.

Dicha sentencia, advierten, prácticamente obliga al Congreso a violar dichas normas y quebrantar derechos humanos, colectivos y difusos, contra un simple derecho de propiedad comercial con fines ecnómicos, el cual, ni siquiera debiera ponderarse, ya que los primeros son superiores al supuesto derecho de Inmobiliaria Trepi.