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Es improcedente la queja contra Zaldívar por apoyo a Sheinbaum, señala TEPJF

Corresponde a la SCJN analizar los actos del ex ministro, resolvió el tribunal

 
Periódico La Jornada
Jueves 20 de junio de 2024, p. 13

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó sin efecto los acuerdos de queja admitidos en el Instituto Nacional Electoral (INE) contra Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, pues aún era ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando se reunió, por primera vez, con la entonces precandidata a la Presidencia de la República Claudia Sheinbaum Pardo, en noviembre de 2023, mes en el que dio a conocer su decisión de renunciar a su cargo.

El pleno del TEPJF resolvió que legalmente no era de su competencia, sino de la propia Corte, analizar estos actos con los que manifestó abiertamente su apoyo a la hoy virtual presidenta electa, por lo que no podía iniciar procedimientos especiales sancionadores contra un ministro.

En el análisis de estos hechos, denunciados por la ex candidata Xóchitl Gálvez ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del instituto, el pleno del TEPJF consideró que cuando sucedieron los hechos denunciados, el recurrente aún se desempeñaba de ministro, dado que el Senado aprobó su renuncia el 15 de noviembre del año pasado, por lo que no le resultaba aplicable el régimen sancionador en materia electoral.

En sesión pública, el proyecto a cargo de la magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso, propuso revocar la admisión de los acuerdos que hizo dicha unidad, lo cual significa que dejó sin efecto el análisis sobre presuntos actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y la posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

Soto Fregoso argumentó que los integrantes de la Corte están sujetos a un régimen especial que impide al INE investigar las supuestas infracciones atribuidas al ex presidente del alto tribunal.

Agregó que el instituto electoral no es una autoridad competente para resolver sobre actos de los ministros de la SCJN, quienes se encuentran en un régimen de excepción. Y aunque los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora Malassis señalaron que efectivamente no es competencia del órgano electoral, el proyecto de sentencia tendría que haber propuesto analizar los actos de Zaldívar en la propia Corte y no dejarlo así, porque eso implicaba exonerarlo.

En otros asuntos resueltos en la sesión de ayer, los magistrados determinaron que Jorge Álvarez Máynez, ex candidato de Movimiento Ciudadano la Presidencia, incurrió en promoción personalizada al salir en periodo de campaña en un video de la red social X del gobernador de Nuevo León, Samuel García.

Asimismo, confirmó las multas económicas que impuso la sala regional especializada a la virtual presidenta Claudia Sheinbaum y a los partidos Morena, PT y PVEM por violar las reglas de propaganda electoral al haber mostrado rostros de menores de edad sin la previa autorización.