Jueves 16 de mayo de 2024, p. 35
Editorial
La reciente reserva de parte de la información relativa a los pozos contaminados en la Ciudad de México es una mezcla desafortunada de derechos y obligaciones. Ante la obligación de tener una gestión transparente, más cuando está comprometida la salud de miles de ciudadanos, se antepone el derecho a conocer la información que les permitirá, de ser el caso, tomar los tratamientos médicos para curar las afectaciones causadas por el consumo y uso involuntario de agua contaminada. El derecho a la información sumado al derecho a una vida digna y saludable deben ser considerados al momento de reservar información. Especialmente porque muchas enfermedades pueden volverse crónicas y mortales por falta de cuidado médico. Más allá de la posibilidad de que los afectados busquen resolver su tratamiento médico por vía privada o asistencial, es indiscutible la obligación estatal de coadyuvar para evitar un problema de salud pública. Además, de demostrarse la responsabilidad legal del gobierno de la Cdmx en tal tema, los montos de las demandas por daños a la salud pueden ser altos. Más allá del costo político para los actuales titulares de las áreas involucradas o su partido, esas multas serán pagadas con el dinero de los contribuyentes, en detrimento de todos los ciudadanos.
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Hacia una teoría de la decisión judicial para América Latina
de Edgar Eduardo Pérez Hernández (Tirant lo blanch) propone reducir el formalismo jurídico para que la ley no sea un impedimento para lograr la justicia. Si la ley contiene la ideología en el poder, los jueces deben ser un contrapeso de los políticos triunfantes y no sus lacayos, a pesar de las tentaciones, entre las que se encuentra la aplicación mecánica de la norma. El juzgador debe realizar un ejercicio ponderativo para resolver con la visión de que no hay ley ajena al conjunto legal. Si la importación de corrientes de pensamiento jurídico y legislativo lleva a la perdida de legitimidad de la decisión judicial por no corresponder la ley con las condiciones nacionales y regionales, como puede verse en la distribución de la riqueza y en la ingobernabilidad pública en muchos rubros, es claro que la ley no sigue el camino de la justicia. Pero esa injusticia no está en manos del juzgador, sino del legislador que así dispuso la ruta de la legalidad. De ahí que sea obligado echar mano de instrumentos internacionales obligatorios en los casos donde lo legal limita derechos. El desfase en el desarrollo comparativo de los países de América está soportado en leyes mal hechas. La decisión judicial debe ser tomada con miras al horizonte regional de países y no sólo en el caso aislado que se resuelve mecánicamente, ajeno a la realidad.
Un libro de largo alcance.
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