Domingo 14 de mayo de 2023, p. 13
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) resolvió archivar el recurso de inconformidad presentado por trabajadores de la empresa Yazaki, en Guanajuato, pese a presentar más de una decena de pruebas de posibles violaciones a la libertad sindical durante la consulta para validar su contrato colectivo, cuyo titular es un sindicato de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
Empleados de la planta fabricante de arneses eléctricos automotrices y la Casa Obrera del Bajío anunciaron que presentarán una queja laboral en el contexto del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Entre las pruebas aportadas hay fotografías, audios y videos de irregularidades, como la compra de votos durante la consulta, de acuerdo con el expediente, del que se tiene copia.
Una de las inconformidades de los trabajadores es que los mil 295 votos a favor no corresponden a la mayoría de las personas cubiertas por el contrato colectivo
, debido a que esa cantidad representa 46.1 por ciento de los 2 mil 805 integrantes con derecho a votar. En tanto, la autoridad aseguró que la participación en la consulta fue de 73 por ciento. Sin embargo, Israel Cervantes, coordinador de la Casa Obrera del Bajío, señaló que se incumplió con lo establecido en el artículo 390 Ter de la ley laboral, el cual establece que el contrato colectivo se da por legitimado siempre y cuando lo avale 50 por ciento más uno del total de los trabajadores cubiertos por el documento, lo cual –subrayó– no ocurrió.
El centro federal de conciliación, autoridad responsable de los registros sindicales y legitimación de los contratos colectivos, se declaró incompetente para resolver
el caso de la firma en la convocatoria de legitimación, ya que los trabajadores señalaron que no correspondía a Tereso Medina, apoderado legal del sindicato Miguel Trujillo.
Los obreros también denunciaron que el gremio cetemista impidió que sus compañeros del tercer turno participaran en la consulta.
A su vez, el centro federal desestimó lo anterior y señaló que no se afectó la participación de las personas trabajadoras en la consulta
y la mayoría ejerció su voto.
El formalismo del término de la convocatoria, así como el horario establecido quedó superado con la expresión máxima de las personas trabajadoras votantes
, indicó en el documento.