El turismo rural conlleva un carácter intrínsecamente sostenible, ya que tiene como base el paradigma multidimensional de Nijkamp, donde los elementos ambientales, sociales y económicos del destino son interdependientes y transversales, justamente al ser objeto de estudio de diferentes disciplinas que interactúan para explicar las características económicas, culturales, sociales, ambientales, y administrativas, producto de los fenómenos estructurales de los ámbitos territorial, social y sectoriales de los destinos turísticos que presentan esta vocación.
Esta dicotomía permite considerarle como una actividad que puede contribuir al desarrollo sostenible, incluso, basta con retomar el concepto de la Organización Mundial del Turismo (OMT) donde, con base en la apreciación de la naturaleza y formas de vida tradicionales en destinos con entornos no urbanos (rurales) de baja densidad demográfica, es posible identificar un carácter implícitamente social en su concepción y en las necesidades prioritarias a atender.
De hecho, en términos de política pública para México, el turismo rural presenta elementos endebles en lo normativo, ya que se carece de instrumentos que propicien un entorno accesible para su operación por parte de los actores del destino. Si bien, por mandato de ley la Secretaría de Turismo federal (SECTUR) tiene como una de sus principales obligaciones cumplir los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo (PND) vigente, carece de un espacio normativo que permita regular desde lo macro, las necesidades micro de las comunidades anfitrionas, omitiendo los beneficios de su carácter trasversal, es decir, se concentra en los resultados, dejando de lado los procesos para su obtención.
Las políticas nacionales relacionadas con el turismo rural están supeditadas a los lineamientos establecidos por y para los actores de la administración pública, donde si bien es posible identificar documentos oficiales que retoman el término “turismo rural” como guías y lineamientos, o esfuerzos para su familiarización en la población, como la Guía Esencial de Turismo Rural de Puebla, o la consideración de 4 Pueblos Mágicos de México dentro de los 32 Destinos rurales más prestigiosos del mundo de la OMT, el alcance aun es indicativo, es decir, carente de un carácter vinculante, normativo, inclusive conceptual, ya que incluir el término, no implica necesariamente su entendimiento y acciones traducidas en desarrollo.
Cabe señalar que en términos normativos, su operación es perfilada como un subsistema económico dependiente del ecosistema, otorgando a los destinos de naturaleza un sentido de proveeduría de materia prima (únicamente regulado en las Áreas Naturales Protegidas, al contar con una legislación exprofeso), dejando de lado los ejercicios implícitos de gobernanza, que por su carácter social le acompañan, así como la medición pronta y actualizada de indicadores, generando con ello una ineficiente interpretación de los fenómenos originados en el destino, su impacto y áreas de atención, limitando la capacidad de actuación y eficaz aplicación de estrategias.
Lo anterior se ha reflejado en un indiscriminado uso del concepto; esfuerzos aislados de los actores de las comunidades; objetivos y políticas replanteadas sistemáticamente por cada nueva administración; y finalmente, deficiencia en el aprovechamiento de los resultados que genera el sector turismo para las comunidades, ya que si bien, El PND es claro al respecto de lo que se quiere lograr en la materia, no incluye lineamientos, una agenda de temas a atender, y la delimitación de la actuación con base en las atribuciones y alcances de los sectores que participan para lograrlo.
El valor del turismo rural en México radica entonces en su papel como instrumento de desarrollo endógeno, producto de las características endémicas de los destinos, con sentido colaborativo, por ello es importante que en la medida que se aborde desde sus implicaciones transversales por parte del gobierno en sus diferentes niveles y dependencias (sector público), es posible dotar con eficiencia sus bases normativas, de participación y consenso de los actores que intervienen directamente en las comunidades, (sector social), en conjunto con la macro, micro y pequeñas empresas (sector privado), generando además nuevas estructuras de gestión que permitan alcanzar puntualmente los objetivos previamente establecidos en las políticas de Estado. •