Informe de Gobernación hasta octubre pasado
En todo 2021 el reporte fue de 4 mil 360
Miércoles 23 de noviembre de 2022, p. 14
La migración venezolana irregular en México se ha disparado este año a niveles sin precedente, de acuerdo con un informe preliminar de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas (UPM) de la Secretaría de Gobernación (SG).
De enero a octubre pasado, las autoridades migratorias de nuestro país detectaron a alrededor de 72 mil 761 mil personas de Venezuela en esa condición administrativa irregular; esa cifra es muy alta si se considera que en todo 2021 el recuento fue de 4 mil 360.
De enero a septiembre, igualmente del año en curso, el acumulado ya rebasaba 50 mil casos.
Lo anterior se desprende de datos estadísticos de carácter preliminar, sujetos a las revisiones y ajustes propias de este fenómeno.
En el mismo periodo, Estados Unidos reportó 128 mil 674 detenciones de migrantes venezolanos en su frontera sur, procesos que en el vecino país son clasificados como deportaciones
, ya sea bajo los parámetros previos o posteriores a la pandemia de covid-19.
El informe de la UPM confirma que la gran mayoría de personas de esta nacionalidad que han podido permanecer en México se han acogido a una visa por razones humanitarias. Otros, en menor proporción, han tramitado residencia temporal o permanente, o bien solicitaron la condición de refugiado.
Es así que Venezuela aparece con 17.4 por ciento del total de extranjeros en México en situación irregular, pero no está en la lista de los principales grupos repatriados, correspondientes a ocho nacionalidades distintas.
En tanto, el reporte de la UPM puntualiza que en 2020 se registraron 45 mil 988 entradas regulares
de nacionales de Venezuela; en 2021 esta clasificación llegó a 193 mil 643 eventos y, en los primeros 10 meses del año en curso, el acumulado preliminar sería de 167 mil 721.
La mayoría de los ingresos por razones humanitarias se ha dado en la segunda mitad del año.
La normativa federal indica que un migrante puede obtener una tarjeta de visitante por razones humanitarias si es menor de edad no acompañado; si es solicitante de asilo político o refugio, o si es testigo o víctima de un delito, principalmente. Esta forma migratoria específica da una estancia máxima permitida de 180 días.
En las gráficas de la información correspondiente al lustro más reciente, de 2017 a la fecha, se muestra una caída en el número de trámites de residencia temporal, si se le compara con el aumento constante de la documentación relacionada a la Tarjeta de Residente por Razones Humanitarias.
La UPM realiza de manera permanente distintos análisis no sólo de aspectos numéricos, sino también de las causas y efectos del fenómeno migratorio; las investigaciones pueden consultarse en el sitio: www.politicamigratoria.gob.mx .