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Morena demanda al TEPJF que ordene indagación contra Córdova y Murayama
 
Periódico La Jornada
Miércoles 20 de enero de 2021, p. 9

Morena impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que prohíbe al presidente Andrés Manuel López Obrador referirse a las elecciones y los partidos en sus conferencias matutinas, y solicitó que ordene a los consejeros comiciales evitar prejuzgar sobre quejas y declaraciones que se presenten en el futuro.

Incluso, pidió dar vista al órgano interno de control del INE para que inicie una investigación contra los presidentes del Consejo General y de la Comisión de Quejas, Lorenzo Córdova y Ciro Murayama, respectivamente.

Morena destacó que la impugnación busca reparar el daño que ha provocado el instituto con su decisión, pues las medidas cautelares autorizadas ya fueron obsequiadas y afectan a toda la sociedad mexicana que considera que son ilegales y, por tanto, su pretensión es seguir siendo informada en los mismos términos que el Ejecutivo ha venido llevando a cabo, y que de manera indebida fue censurada.

Información reservada

El acuerdo aprobado el viernes tiene la clara intención de censurar, silenciar y perjudicar al Presidente, pues es públicamente sabida la animadversión de los consejeros hacia él, especialmente de Lorenzo Córdova y Ciro Murayama, argumenta Morena en el documento presentado al mediodía de este martes por Sergio Carlos Gutiérrez, representante del partido ante el Consejo General.

El recurso interpuesto incluye declaraciones públicas de ambos consejeros, previas a la sesión del viernes, y destaca que al anticipar que se prohibiría al Ejecutivo referirse a la elección, se prejuzgó y reveló el sentido de la decisión del Consejo General en diversos medios de comunicación, a pesar de que constituye información reservada.

Además, recordó que el viernes pasado, se manifestó a los dos consejeros que con sus declaraciones previas tomaron una inaudita actitud de parcialidad hacia el denunciante, soslayando que únicamente son árbitro y no parte en el procedimiento, generando con ello un efecto corruptor del procedimiento especial sancionador, que lo ha viciado de origen.

Asimismo, plantea que el Consejo General se excedió en sus funciones, al dictar medidas cautelares al Presidente sobre hechos futuros de realización incierta y sobre los cuales no hay certeza de que ocurran, esto es, las declaraciones que hará o no el mandatario.

Señala que las medidas cautelares sólo pueden adoptarse sobre hechos que, si bien no acontecen, serán de inminente realización, y sin embargo, en el caso concreto, no está acreditado que exista un peligro de que sucedan... por lo cual, el dictado de la tutela inhibitoria fue ilegal.