Comisión de la Cámara de Diputados estudia, junto con la iniciativa privada, la factibilidad
Lunes 25 de mayo de 2020, p. 13
Cambios en el sistema de concesiones de agua, ya que el existente ha favorecido la corrupción
, como la reducción a una vigencia de cinco años como máximo cuando es con fines productivos y no de tres décadas como ahora; la prohibición de la transferencia de los títulos a un fin distinto al que se otorgaron y restringir el uso del agua para la extracción de hidrocarburos (como el fracking), plantea el texto preliminar de la iniciativa para la Ley General de Aguas de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Cámara de Diputados.
En la actual legislatura se han presentado otros proyectos para reglamentar el derecho humano al agua establecido en la Constitución en 2012: uno ciudadano de la coordinadora nacional Agua para Todos, uno del PT y otro de Morena.
La citada comisión estableció un grupo técnico jurídico para el análisis de su borrador y en este grupo se encuentran representantes de organizaciones así como del Consejo Coordinador Empresarial, Mario López y Felipe Arreguín, de la Asociación Mexicana Hidráulica (AMH), y ex funcionarios de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), entre otros. Esta dependencia anunció el 2 de mayo que en su momento se analizarán las distintas propuestas, aunque esto es competencia del Legislativo.
El texto de la Comisión de Recursos Hidráulicos plantea transformar el régimen de concesiones, del cual argumenta en la exposición demotivos, apenas se inspecciona 2 por ciento y ello ha llevado a que los abusos sean extensivos
.
Propone, además, reducir la vigencia de los títulos de concesión a un máximo de 15 años para el uso público urbano y que de esta red sólo se destine a la industria de esa misma zona, pero un máximo de 5 por ciento del volumen.
Protegerán cuencas en zonas indígenas
También prohíbe el otorgamiento de permisos de uso en territorios indígenas y apunta que son revisables todas las licencias que hayan traído por consecuencia el acaparamiento del agua, por lo que el Poder Ejecutivo federal podrá rescatarlas o declararlas nulas cuando causen perjuicios graves para el interés público
.
En el caso del uso minero extractivo, el artículo 226 plantea el límite de tres años para el título de concesión con posibilidad de renovación, de acuerdo al cumplimiento de las condicionantes establecidas y a la disponibilidad de volumen de agua aprovechable en la cuenca. En el rubro de organismos públicos del servicio público de agua y saneamiento asentó que es de carácter público y será prestado sin la intermediación de ninguna entidad privada o concesionario
, denominado Servicio Público de Agua y Saneamiento.