Sábado 2 de noviembre de 2019, p. 8
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) difundió ayer la recomendación general 41, sobre el incumplimiento de laudos laborales firmes por diversas instituciones, lo que representa una violación a los derechos a la legalidad, la seguridad jurídica y el trabajo decente.
En conferencia de prensa, el sexto visitador general del organismo público, Jorge Ulises Carmona, explicó que uno de los más graves problemas en impartición de justicia es la dificultad en la ejecución de los laudos, generada porque no hay herramientas legales suficientes para cumplir las determinaciones de un juez, aunque ya estén en firme
.
Ejemplo de ello, destacó, es que según el informe de actividades de 2018 del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA), hay 4 mil 643 laudos que han causado estado
, pero no se han cumplido por parte de las entidades, dependencias e instituciones a los que están dirigidos.
De igual manera, en el informe de 2017 del mismo TFCA se indica que ese año concluyó con 422 mil 978 asuntos en trámite, de los cuales 45 por ciento están en fase de instrucción, 15 por ciento en dictamen, 10 por ciento en amparo, 18 por ciento con un laudo dictado y sólo 12 por ciento en procedimiento de ejecución.
Para la CNDH, enfatizó, el incumplimiento de los laudos no es aceptable
, pues las autoridades están obligadas a proteger, promover, respetar y garantizar las garantías básicas de los trabajadores, y al no cumplirlos, violan los derechos humanos al trabajo decente o la seguridad social.
Por ello en su recomendación la CNDH llamó a las autoridades aludidas a cumplir ya los laudos firmes que están pendientes, es decir, reinstalar a los trabajadores en las plazas de las cuales fueron separados y ordenar el pago de salarios caídos o la indemnización correspondiente, según el caso.
Les pidió que dispongan de recursos económicos para presentar el programa de cumplimiento de pago de laudos.