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Parteaguas en defensa de los derechos de la población: Saldívar

Transparentar gasto en comunicación social, ordena la Corte al Congreso
 
Periódico La Jornada
Jueves 16 de noviembre de 2017, p. 14

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión que emita la ley reglamentaria del artículo 134 de la Constitución y establezca los lineamientos para que se transparente los gastos en comunicación social.

Al respecto, el ministro Arturo Saldívar, quien se encargó de elaborar el proyecto de sentencia, hizo un llamado al Poder Legislativo a que cumpla la sentencia; no me gustaría hablar en estos momentos de desobediencias si queremos avanzar hacia un estado democrático en el que se cumpla con el estado de derecho.

Esta decisión de la SCJN es trascendente, sin duda histórica, porque mediante un juicio de amparo la Corte ordena al Poder Legislativo que emita una legislación a la que está obligado en términos de la Constitución, señaló el ministro. Dijo que hasta ayer no había una vía para que los ciudadanos pudieran obligar al Congreso a legislar, y en primer término es un parteaguas en la defensa de los derechos humanos de la ciudadanía.

Se trata que el Congreso cumpla con la reglamentación del artículo 134 en cuanto a publicidad oficial. Cómo lo van a regular y a procesar los legisladores, es una cuestión que compete al Congreso, dijo.

Ayer, por cuatro votos contra uno, los ministros que integran la primera sala aprobaron el proyecto presentado por Arturo Saldívar Lelo de la Rea, que establece que la “ley ampara y protege a Campaña Global por la Libertad de Expresión A19, AC en contra de la omisión del Congreso de la Unión de expedir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, de conformidad con lo dispuesto por el tercero transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución en materia político- electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014”.

La sentencia señala que el Congreso de la Unión debe cumplir con la obligación señalada en el artículo tercero transitorio del decreto de la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014 y, en consecuencia, proceda a emitir una ley que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Carta Magna antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones de este último año de la 63 Legislatura, es decir, antes del 30 de abril de 2018.

Representantes de la organización Fundar, Paulina Castaño y Ricardo Levario consideraron que la sentencia de la Corte sienta precedente para que realmente se transparente el otorgamiento de publicidad oficial a los medios de comunicación y se tenga la posibilidad de detener la censura indirecta que se genera con estos recursos.