La situación de la maestra podría definirse en la audiencia del lunes, indican
Viernes 28 de agosto de 2015, p. 18
El primer tribunal unitario penal admitió el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Elba Esther Gordillo Morales contra la resolución del juez Alejandro Caballero Vértiz, quien el pasado domingo negó concederle a la maestra la prisión preventiva domiciliaria, confirmaron fuentes del Poder Judicial Federal.
De manera inesperada, el magistrado que preside dicho tribunal fijó la audiencia de vista (en la que se harán alegatos orales) para el próximo lunes, por lo que ese mismo día o al siguiente podría definirse en definitva si procede la petición de Gordillo, indicaron los funcionarios entrevistados.
En un escrito que envió a La Jornada el penalista Marco Antonio del Toro Carazo, abogado de Gordillo, detalla puntualmente los requisitos que estipula el artículo 55 del Código Penal Federal para que proceda la prisión domiciliaria.
En el documento el litigante recordó que el mismo juez Caballero, en un acuerdo que publicó meses atrás, precisó que lo único que debe acreditar un procesado para obtener ese beneficio de ley es que tenga 70 años cumplidos y que demuestre con alguna documental pública –como puede ser una carta de no antecedentes penales o que antes a su detención tenía domicilio en México, además de que tenía un modo honesto de vivir o un trabajo estable– que no existe riesgo latente de que se sustraiga de la acción de la justicia durante el periodo de prisión domiciliaria.
¿Qué es lo que se debe probar por las partes con relación a la prisión preventiva domiciliaria?
, cuestionó Del Toro en el escrito.
Y contestó: “Según el juez Alejandro Caballero Vértiz, mediante acuerdo de 21 de mayo de 2015, dictado en el incidente 1/2015 que nos ocupa, el juzgador fue categórico en determinar qué debe estar probado por el incidentista para conceder el beneficio de prisión preventiva domiciliaria, y qué circunstancias se erigen en impedimentos para ello.
Sin embargo, el pasado domingo el juez determinó negar el beneficio de ley a la maestra, bajo el supuesto de que ni sus abogados ni la PGR aportaron pruebas para demostrar que la maestra no se fugaría en caso de que se le otorgara la prisión domiciliaria a Gordillo
.