La pena original es de un millón 189 mil 437 pesos, resultado de una inconformidad del PRD
En sesión privada, los magistrados le ratificaron otra multa y confimaron una amonestación
Jueves 25 de junio de 2015, p. 16
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a su sala especializada aumentar una multa al Partido Verde Ecologista de México por la violación grave al modelo de comunicación política. El monto original es de un millón 189 mil 437 pesos.
La ponencia propone declarar fundados los motivos de inconformidad del Partido de la Revolución Democrática, dado que el estudio de la responsable se aparta de los principios de racionalidad y proporcionalidad, rectores del ejercicio sancionador, al dejar de tomar en cuenta la gravedad de la falta que la llevó a calcular la multa en un monto menor al que debió establecer
, se indica en el proyecto aprobado ayer.
Durante la sesión vespertina, los magistrados no discutieron públicamente ninguno de los asuntos enlistados, aunque sí lo hicieron en privado. Analizaron especialmente los casos en que está involucrado el PVEM y salieron seis horas después con una postura mayoritaria de ratificar una multa, ordenar el aumento de otra y confirmar una amonestación.
La sanción que ratificó la sala superior del TEPJF asciende a 717 mil 308 pesos, que fijó la sala especializada en la víspera de la jornada electoral del 7 de junio, igualmente por transgresión a la ley en términos de comunicación, incluida la estrategia en televisión y en redes sociales.
En esa resolución se aprobó la multa en referencia por la ilegalidad de la propaganda difundida en 11 revistas, redes sociales y mensajes de texto enviados a equipos móviles.
La sala especializada consideró la falta como grave ordinaria
por contravenir directamente el modelo de comunicación política. De igual forma, los magistrados de la sala superior avalaron el criterio de sus pares, en este caso, acerca del modo en que habrá de descontarse la sanción al Verde.
Si el partido político no recibe la percepción mensual de financiamiento público para actividades ordinarias, ello no impide que en su oportunidad se efectúe el cobro de la multa después de que se cubran las impuestas de manera previa
, se indica en otro de los proyectos aprobados ayer.
En otro asunto, los magistrados confirmaron el procedimiento seguido por el Instituto Nacional Electoral (INE) para las inspecciones al Partido del Trabajo, tendentes a extinguir la operación del mismo, debido a que en el pasado proceso electoral no alcanzó el porcentaje mínimo de votación requerido por ley para conservar el registro.
El PT había alegado que el INE no acató el debido proceso, específicamente por la misión de tramitar el recurso de apelación que interpuso para contravertir el nombramiento del interventor que será responsable del control y vigilancia del uso y destino de los recursos y bienes del partido.