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Niegan careo infante-victimario
Periódico La Jornada
Jueves 27 de enero de 2011, p. 14

La primera sala de la Suprema Corte determinó que los menores víctimas de abuso sexual no pueden ser obligados a sostener careos con testigos de descargo en favor del acusado.

Por tres votos a uno (José Ramón Cossío fue en contra), los ministros Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar y Guillermo I. Ortiz Mayagoita resolvieron negarle el amparo a un sujeto acusado de violación que pretendía carear a la víctima con testigos que hablarían en su favor.

La legislación vigente señala que, en casos de abuso sexual, un menor no puede ser careado con su victimario, para preservar el interés superior del niño. La Corte determinó que esa prohibición es extensiva a testigos de descargo.