.
Primera y Contraportada
Editorial
Opinión
El Correo Ilustrado
Política
Economía
Mundo
Estados
Capital
Sociedad y Justicia
Cultura
Espectáculos
Deportes
Fotografía
Cartones
CineGuía
Suplementos
Perfiles
La Jornada en tu PALM
La Jornada sin Fronteras
La Jornada de Oriente
La Jornada Morelos
La Jornada Michoacán
Librería
Correo electrónico
Búsquedas
Suscripciones
Obituario

P O L I T I C A
..

México D.F. Jueves 5 de agosto de 2004

Se allega pruebas para evaluar decreto expropiatorio

Ordena juez que peritos de la PGR inspeccionen el predio El Encino

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

El juez noveno de distrito en materia administrativa, Alvaro Tovilla León, ordenó a los representantes legales de la empresa Promotora Internacional Santa Fe, propietaria del predio El Encino, que notifiquen al órgano jurisdiccional el día y hora en que pueden ir los peritos de la Procuraduría General de la República (PGR) al terreno en litigio, "a efecto de que levanten toda la información necesaria para la emisión de los respectivos dictámenes periciales, apercibidos de que de no hacerlo serán multados".

Según consta en un auto (mandato judicial) emitido por el representante del Poder Judicial federal publicado en la lista de acuerdos del juzgado noveno, correspondiente a la demanda de garantías 862/2000, deberá ser en los próximos tres días hábiles cuando el presunto dueño de El Encino informe lo anterior.

El grupo de investigadores nombrados por la PGR -encabezados por el perito oficial Ciro Torres Castro- deberá realizar el trabajo de inspección respecto al predio El Encino, como lo ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Entre los especialistas de la PGR destacan peritos en las materias fotográfica, forense, ingeniería civil, topográfica y arquitectura.

Al juez Tovilla le corresponde analizar y determinar, en el momento procesal oportuno, si dicho terreno fue expropiado por causas de utilidad pública o si debe ser devuelto de inmediato a sus propietarios.

Según fuentes judiciales, lo que el juez noveno de distrito en materia administrativa resolverá es si ha lugar a la devolución del terreno El Encino, sin importar las obras realizadas, o bien la sentencia es "imposible" de cumplir por causa de utilidad pública, es decir, se justificaría la expropiación de los casi 15 mil metros cuadrados ubicados en Cuajimalpa y se procedería al pago de la indemnización.

Como se recordará, a principios de mayo pasado la PGR solicitó al Congreso de la Unión el desafuero del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, para que sea juzgado por su presunta responsabilidad en el delito de abuso de autoridad, derivado del incumplimiento de una suspensión definitiva emitida en 2001 por el mismo juzgador.

No obstante, desde hace más de nueve meses la segunda sala de la SCJN determinó (el 23 de septiembre de 2003) por unanimidad dejar "sin efecto el dictamen del séptimo tribunal colegiado en materia administrativa", mediante el cual se ordenaba el cese de trabajos en los terrenos expropiados del predio El Encino a la empresa Promotora Internacional Santa Fe.

En esa resolución, el máximo tribunal del país resolvió que, "en función de lo analizado, por el momento no existen en el expediente relacionado con el presente incidente de inejecución probanzas que puedan fundar, de manera plena, el dictado de una resolución en la que se decida si, efectivamente, existe impedimento para acatar la ejecutoria". Por tanto, ordenó devolver el expediente al juzgado de origen (noveno administrativo), para sustanciar el juicio.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año
La Jornada
en tu palm

Av. Cuauhtémoc 1236 Col. Santa Cruz Atoyac
delegación Benito Juárez México D.F. C.P. 03310
Teléfonos (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00
Coordinación de Publicidad
Tels: (55) 91 83 03 00 y 91 83 04 00 Exts: 4900 y 4104

Email
Coordinación de Sistemas
Teléfonos (55) 91 83 03 11 y 91 83 03 77

Email

  © Derechos Reservados 2003 DEMOS, Desarrollo de Medios, S.A. de C.V.
Todos los Derechos Reservados. Derechos de Autor 04-2003-08131804000-203.
Prohibida la reproducción total o parcial del contenido sin autorización expresa del titular.
El título y contenido se encuentran protegidos por la legislación de la materia en la República Mexicana.