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México D.F. Martes 3 de agosto de 2004

Ilegal, negar a extranjeros la participación en empresas organizadoras de ferias, dice

Anticonstitucional, la reforma a la Ley de Federal de Juegos y Sorteos: Cofemer

ALONSO URRUTIA

casinosEl anteproyecto de reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, elaborado por la Secretaría de Gobernación, contraviene la Constitución por atribuirle facultades a los estados en una materia de exclusiva competencia federal; viola disposiciones legales vigentes al proscribir la instalación de sedes de juegos y sorteos en las inmediaciones de las iglesias, e incluso podría ser violatorio de convenios internacionales al restringir la participación de extranjeros en las empresas organizadoras de dichos juegos.

Tales conclusiones provienen del propio Poder Ejecutivo, específicamente de la Comisión de Mejora Regulatoria (Cofemer), que en su dictamen final sobre el documento de Gobernación establece la necesidad de modificar la propuesta para evitar que se incorporen figuras antinconstitucionales e ilegales.

En principio, derivado de un compromiso adquirido por el gobierno federal en el seno de la Conferencia Nacional de Gobernadores para fortalecer las finanzas estatales, el proyecto establece la posibilidad de conferir algunas atribuciones a los gobiernos estatales y municipales en materia de juegos y sorteos. "Lo anterior podría contravenir lo señalado en los artículos 73, fracción X, y 124 de la Constitución, ya que la materia de juegos y sorteos es excsluvia del orden federal".

El documento de la Cofemer, dirigido a Gobernación, subraya que además el artículo tercero de la Ley Federal de Juegos y Sorteos faculta exclusivamente a esta dependencia a regular, autorizar, controlar y vigilar los juegos cuando en ellos medien apuestas.

Las restricciones para que extranjeros participen como socios o accionistas en las empresas organizadoras de ferias podría violar convenios internacionales. Además ello implicaría una sujeción a la Secretaría de Hacienda y sus criterios, lo cual podría abrir márgenes de incertidumbre jurídica y discrecionalidad, "además de un conflicto jurídico con normas de nivel superior, como son los tratados internacionales de los que México es parte".

Más adelante, el dictamen sostiene que los artículos 31, fración VIII; 61, fracción III, y 75 del anteproyecto de Gobernación imponen obligaciones a los solicitantes para presentar documentos emitidos por autoridad distinta a la federal, ya sea la opinión favorable de un gobierno estatal o municipal, o copias certificadas de licencias como requisito para el otorgamiento de permisos federales. Esta disposición "podría rebasar las atribuciones en materia de juegos y sorteos concedidas al gobierno federal".

Una disposición más en la que la Cofemer considera que Gobernación pretende ir más allá de la ley es en lo concerniente a la prohibición de que se establezcan las sedes de los juegos y sorteos (ferias) a menos de 200 metros de alguna iglesia, según la propuesta de artículo 38. El dictamen señala que una vez más es una atribución que trasciende lo dispuesto por la ley, que sólo establece dichas prohibiciones para las escuelas y los centros de trabajo.

Asimismo cuestiona que el documento de Gobernación imponga de entrada barreras a la realización de ferias, según el artículo 32, que sostiene de hecho una discriminación para aquellas ferias que no hayan tenido un mínimo de 400 mil asistentes en el año inmediato anterior. "Lo anterior no tiene sustento en la ley y podría tener un impacto considerable en la generación de empleos, al limitar sin justificación la oferta de permisos y, como consecuencia, impedir la inversión en algunas regiones del país".

De igual forma considera como inhibitorio de inversiones el establecer un tope máximo de tres ferias autorizadas por cada entidad, lo que supone que aquellos estados donde existan más de tres ciudades con capacidad para efectuar ferias no lo podrán hacer. Además, esto hace abstracción de aquellas entidades en cuanto a su población, afluencia turística y ubicación geográfica, entre otros.

Una disposición mas que cuestiona la Cofemer es el hecho de que Gobernación se arrogue el derecho de autorizar ferias en función de su "capacidad técnica", "supervisión efectiva" y "condiciones de mercado". El documento sostiene que esto abre una peligrosa veta de discrecionalidad a la autoridad que no es acorde con el espíritu de una regulación.

Finalmente se cuestiona el que Gobernación pretenda restringir el cruce de apuestas remotas a que se hagan exclusivamente con dinero en efectivo, pues eso podría incidir en la seguridad de los participantes.

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