México D.F. Viernes 23 de abril de 2004
Es la primera de esa índole en la historia
de la Comisión de Derechos Humanos local
Acepta la SSP recomendación por la ejecución
arbitraria de un menor
El ombudsman la envió también a
la procuraduría; emitió otra por abuso policiaco
SUSANA GONZALEZ Y AGUSTIN SALGADO
Por
primera vez en su historia, la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal (CDHDF) emitió una recomendación por la
ejecución arbitraria de un menor de edad, cuyos presuntos
responsables son policías preventivos de la Secretaría de
Seguridad Pública (SSP).
El caso se refiere a la muerte de Josué Ulises
Cruz Banda, ocurrida el 11 de junio de 2002 en la delegación Iztacalco,
cuando luego de ingerir bebidas embriagantes con sus amigos, dentro de
un automóvil, el joven fue perseguido por uniformados del sector
Tlacotal de la SSP, quienes le dispararon en dos ocasiones y se lo llevaron
en una patrulla. Horas después, el joven, de 17 años, fue
hallado muerto en la colonia Granjas México.
Emilio Alvarez Icaza, presidente de la CDHDF, expuso lo
anterior al dar a conocer las dos primeras recomendaciones del año.
La primera, concerniente a la ejecución arbitraria, fue dirigida
a la SSP y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
(PGJDF). La segunda, por la detención arbitraria de dos albañiles,
quienes además fueron sometidos a "un trato cruel, inhumano y degradante",
también por policías preventivos, fue enviada únicamente
a la SSP.
Respecto del primer caso, el ombudsman recordó
que cuando ocurrió, Marcelo Ebrard, titular de la SSP, solicitó
a la CDHDF que se iniciara una investigación e inclusive aseguró
que ya habían sido puestos a disposición de la autoridad
los probables responsables.
Sin embargo, pese a que se giró orden de aprehensión
contra los policías José Luis de la Cruz Gamas y Vicente
Flores Tolentino, por homicidio calificado, pudieron escapar con ayuda
de sus superiores, el jefe de sector Jesús Felipe Mandujano López,
y el entonces director de la policía sectorial, David León
Méndez, a quienes también se les fincaron responsabilidades
penales. Cabe recordar que este fue el primer caso atendido por el entonces
recién nombrado director de Asuntos Internos de la SSP, Gabriel
Regino García.
Pese al tiempo transcurrido, ninguno de los implicados
ha sido detenido, y en tal sentido la CDHDF solicitó a la Fiscalía
para Mandamientos Judiciales de la PGJDF que investigue los motivos del
incumplimiento de las órdenes de aprehensión y, en caso de
que haya irregularidades, se promuevan los procedimientos de responsabilidad
administrativa correspondientes. También recomienda que los peritos
incorporen "el protocolo modelo de autopsias incluido en el manual para
la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones
extralegales, arbitrarias o sumarias".
El segundo caso también data de 2002. El 27 de
octubre de ese año, Rodrigo Ortega Trejo y otro agraviado fueron
detenidos arbitrariamente por policías de la SSP al salir de una
taquería, y durante 10 o 15 minutos fueron paseados en una
patrulla. El acompañante de Ortega, cuya identidad se mantiene en
reserva, fue liberado frente a la estación Potrero del Metro, luego
de haber sido golpeado por uno de los policías, quien además
le robó mil pesos.
En tanto, Ortega Trejo murió atropellado en carriles
centrales de la avenida Insurgentes Norte por un automovilista que declaró
que se atravesó intempestivamente cuando circulaba a más
de 90 kilómetros por hora.
Si bien Alvarez Icaza aclaró que no existen evidencias
para acreditar la responsabilidad de los policías Agustín
Martínez Trejo y Jesús Licea Mendoza en la muerte de Ortega
Trejo, puntualizó que "la última vez que éste fue
visto con vida se encontraba a bordo de la patrulla mencionada".
El caso trajo nuevamente a colación el tema de
las detenciones arbitrarias por elementos de la SSP, pues el ombudsman
alertó que éstas han sido motivo de 10 recomendaciones durante
los pasados dos años y representan 7.5 por ciento de las 6 mil quejas
que anualmente recibe la CDHDF.
Las primeras dos recomendaciones de este año, dijo,
demuestran un mal uso y abuso de la fuerza por la policía, e insistió
en que es indispensable que la SSP "cuente con elementos de certeza al
respecto". El tema incomoda, abundó, pero no se trata de "entrar
a falsos debates sobre el status de la persona, sino del desempeño
de la autoridad, independientemente de si es una víctima de delito
o un presunto delincuente".
Así, la CDHDF recomendó a la secretaría,
entre otros puntos, que instaure mecanismos de evaluación efectivos
de los cursos de capacitación a policías, sobre todo en lo
relacionado con el uso de la fuerza; se agilice la reparación del
daño a los familiares; se implanten mecanismos de supervisión
y evaluación sistemáticos, que permitan un control de las
detenciones realizadas por los elementos, y se sancione al personal que
realice actos de omisión que favorezcan la impunidad de servidores
públicos investigados.
Acepta la SSP ambas recomendaciones
No obstante que la Secretaría de Seguridad Pública
del Distrito Federal cuenta con 15 días para manifestarse en torno
a las recomendaciones en cuestión, por la noche la directora de
Derechos Humanos de la corporación, María Elena Alegría
Escamilla, dijo que la SSP las acepta "en todos sus términos".
En conferencia de prensa, realizada en las instalaciones
de la policía preventiva, Alegría Escamilla también
se refirió a las 72 quejas presentadas en contra de los grupos especiales:
"se está cooperando con la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal para la investigación de cada una de ellas; si
bien cabe referir que 25 no señalan a un grupo determinado y no
se sabe si son policías de esta secretaría (...) Si se identifica
a algún elemento policial se aplicarán las sanciones de ley".
Con respecto a la recomendación 01/2004 -referida
a los albañiles-, aseguró que se puso a disposición
del Ministerio Público del sector correspondiente a los elementos
"y se les mantuvo en arraigo mientras lo solicitó", además
de que se separó de su cargo "específicamente a David León
Méndez" quien fungía como director general de la Policía
Sectorial.
Por último, en torno a la recomendación
02/2004, Alegría Escamilla, aseveró que "también se
acepta en todos sus términos, pues se trata de hechos comprobados
de violación a los derechos fundamentales".
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