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México D.F. Viernes 23 de abril de 2004

Destacan el aseguramiento de bienes a delincuentes y candados para preliberaciones

Aprueban PRD y PRI iniciativas penales promovidas por el GDF

El paquete incluye reformas a la Ley de Sanciones y a los códigos Penal y de Procedimientos

GABRIELA ROMERO Y RAUL LLANOS

Con el voto del PRD y del PRI en favor y la abstención del PAN, los integrantes de las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Seguridad Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobaron el paquete de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y a los códigos Penal y de Procedimientos presentado por el titular del Ejecutivo local, Andrés Manuel López Obrador.

El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, el perredista Alfredo Hernández Raigosa, explicó que entre las modificaciones aprobadas destaca el aseguramiento de bienes a miembros de la delincuencia organizada, porque el Ministerio Público podrá retener los bienes y valores obtenidos mediante secuestro o robo y llevarlos a remate en caso de que el propietario no logre acreditar el origen de éstos.

Pero no sólo esto, dijo, y amplió: la investigación del origen de los bienes se podrá extender a los familiares, quienes deberán acreditar la manera en que los obtuvieron, lo que impedirá que los secuestradores sujetos a un proceso penal dispongan de los recursos económicos que tengan para el pago de su defensa.

Se establecen candados para las preliberaciones, ya que éstas serán negadas a quienes hayan cometido delitos como homicidio doloso, violación, pornografía infantil, tortura y robo agravado, por citar algunos.

Hernández Raigosa añadió que se podrá fincar responsabilidad a quienes participen en la distribución y venta de objetos robados, como los almacenes donde se guardan autopartes.

De acuerdo con el dictamen de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales, "la readaptación social sólo podrá tener vigencia en la medida que se elimine el ocio de los centros penitenciarios, por lo que se considera de suma importancia que el trabajo, la capacitación para el mismo y la educación, como ordena nuestra Carta Magna, sean el instrumento fundamental que provea al interno de la posibilidad de una reinserción más óptima en la sociedad".

La propuesta consiste en prever el tratamiento en externación sólo para casos de delitos culposos. "Como un beneficio para la víctima del ilícito se propone que para el otorgamiento de esta medida se acredite el pago de la reparación del daño".

En el caso de las modificaciones al Código Penal del DF se señala que en concordancia con la obligación de acreditar el pago de la reparación del daño para la obtención de medidas y beneficios de libertad anticipada, se considera necesario reformar el artículo 116, a efecto de prever que dicha pena prescriba en un lapso igual al de la pena privativa de libertad impuesta y no como ahora, en un término de dos años".

En el Código de Procedimientos Penales para el DF se propone la reforma al artículo 9 a efecto de extender los derechos que en el mismo se contienen a los denunciantes, dado que no existe un desarrollo normativo puntual que permita establecer con claridad la distinción entre las víctimas y los ofendidos.

Se precisa que el aseguramiento de los bienes y valores de los miembros pertenecientes a integrantes de la delincuencia organizada deben sujetarse a las siguientes normas: la solicita al juez el Ministerio Público en cualquier momento de la averiguación previa o del proceso penal; la disposición que llegara a hacerse de éstos debe equipararse al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La revelación o divulgación de una solicitud de aseguramiento dará lugar a la sanción prevista para el delito de ejercicio indebido del servicio público.

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