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México D.F. Lunes 23 de febrero de 2004
Teme que por una decisión "política"
se resuelva el caso
Nazar Daw: sin sustento, los cargos
DAVID CARRIZALES CORRESPONSAL
Monterrey, NL., 22 de febrero. La
procuraduría de Justicia de Nuevo León informó al
juzgado cuarto de distrito -a cargo de Guillermo Vázquez Martínez-
que no hay constancias que demuestren que el ex agente de la Policía
Judicial del Estado Juventino Romero Cisneros haya sido comisionado a la
delegación estatal de la Dirección Federal de Seguridad (DFS)
durante el tiempo en que fue detenido Jesús Piedra Ibarra, en abril
de 1975.
Con lo anterior se desvirtúan las imputaciones
sobre la desaparición del ex integrante de la Liga Comunista 23
de Septiembre que presentó la Fiscalía Especial para Movimientos
Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) en contra de Miguel Nazar
Haro, manifestó el hijo y defensor legal de éste, José
Luis Nazar Daw.
En tanto, la comandancia de la séptima Zona Militar,
a la que también le solicitó el juez Vázquez Martínez,
por petición de la defensa, que dé a conocer si tenía
comisionados a elementos para apoyar a la DFS en Nuevo León, respondió
que no puede proporcionar dicha información, visto lo cual el juzgador
determinó que se consulte a la Secretaría de la Defensa Nacional,
dijo el abogado.
Nazar Daw indicó que los cargos contra su padre
por los delitos de secuestro, desaparición, tortura y privación
ilegal de la libertad, se basan en la declaración que rindió
ante la fiscalía especial en octubre del 2002 el ex agente de la
Policía Judicial de Nuevo León Juventino Romero Cisneros,
quien aseguró que junto con otros elementos de la corporación
estaba comisionado para apoyar en "asuntos especiales" a la DFS, cuando
el delegado de ésta, Ricardo Condell Gómez, recibió
órdenes de Nazar Haro de montar un operativo para detener
a Jesús Piedra Ibarra, lo cual se llevó a cabo en un crucero
de las calles Arteaga y Félix U. Gómez, en abril de 1975,
ante una violenta resistencia del joven guerrillero, quien con una mordida
le causó la amputación de un dedo al judicial César
Manuel Garza, cuando lo despojó del arma que portaba, mientras lo
sujetaba Romero Cisneros.
De acuerdo con esa versión, que obra en el expediente
PGR/FEMOSPP/017/2002, tras el operativo encabezado por Carlos Alvarez
en el que participaron unos 18 elementos, entre otros los agentes judiciales
Gustavo Melo, Manuel Mauricio, César Manuel Garza, Pedro Canizales,
otra persona de nombre Benjamín y varios militares, Piedra Ibarra
fue trasladado a las oficinas de la delegación de la DFS.
Ahí, Condell Gómez ordenó que lo
llevaran para interrogarlo a una finca abandonada del rancho La Peña,
municipio de Higueras, de donde fue regresado a las oficinas locales de
la DFS y posteriormente trasladado a la ciudad de México "para ponerlo
a disposición de Nazar Haro".
En la declaración del ex judicial César
Manuel Garza se refiere que estuvo presente cuando Carlos Alvarez le informó
a Condell, en el segundo piso de la delegación de la DFS, que "fue
positivo el trabajo" -la detención de Jesús Piedra-- y les
comentó: 'Espérenme', y marcó a México con
el detenido enfrente y dijo (al teléfono): 'tenemos a P.I.' (Piedra
Ibarra) Colgó y dijo: 'muchachos, los manda felicitar el señor
Miguel Nazar Haro, y mañaña viene'", relató Garza.
Nazar Daw declaró que tiene una fe ciega en la
justicia, aunque mostró temores de que haya una decisión
política para mantener preso a su padre. No obstante, insistió
en que no hay pruebas para imputarle alguna responsabilidad. Comentó
que está durmiendo cuatro horas diarias en promedio para trabajar
en la elaboración del pliego de pruebas y alegatos que presentará
este lunes ante el juez Vázquez Martínez, quien al día
siguiente determinará la situación jurídica Nazar
Haro.
El litigante agregó que en el escrito, que será
de unas 20 cuartillas, "estamos demostrándole al juez que el delito
de secuestro se importó de la ley de Argentina", y apuntó,
se quiere aplicar el delito de desaparición forzada, que no existía
en México cuando se suscitaron los hechos, hace casi 30 años
y, por tanto, no puede aplicarse de manera retroactiva.
El segundo alegato, "que me parece muy contundente, es
que según el dicho de Juventino Romero Cisneros esta persona, que
al parecer era Jesús Piedra Ibarra, cuando fue detenido tenía
una pistola y unos cargadores. Por tanto la detención fue legal
y entonces jurídicamente hablando no puede haber secuestro", asentó.
El tercer alegato, abundó, se construye con base
en jurisprudencias obligatorias de la Corte , "que nos llevan a desestimar
un testigo de oídas como Juventino Romero, pues las acusaciones
contra mi padre se basan en lo que a Romero le dijeron, ya que a él
lo único que le consta fue que participó en la detención".
Expresó que esperan contar con la copia de un video
de la entrevista que realizó hace días una conductora del
canal 12 local, a Juventino Romero,en la que el ex judicial señaló
"que no conoce a mi papá, que él nunca le dio una orden y
que fue compelido en la fiscalía a declarar contra los de arriba".
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