Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 21 de julio de 2002
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Capital

La resolución del IEDF viola el artículo 41 constitucional, afirma Agustín Guerrero

Impugnará el PRD el veto a partidos para el plebiscito

GABRIELA ROMERO SANCHEZ

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentará ante el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) un recurso de apelación al acuerdo tomado por el consejo general del instituto electoral capitalino, el cual prohíbe a los partidos políticos intervenir en las campañas de difusión del plebiscito sobre la construcción de los segundos pisos de Viaducto y Periférico, a celebrarse el 22 de septiembre.

Víctor Hugo Círigo Vásquez, presidente del PRD capitalino, enfatizó que el consejo general del IEDF hizo una interpretación errónea de la ley al impedir a los partidos políticos intervenir en la promoción de este ejercicio ciudadano. "Los consejeros electorales aprovechan deficiencias en materia de la ley para hacer una interpretación que, a nuestro juicio, está cargada de emociones contrarias a que el plebiscito tenga éxito."

El secretario general del PRD capitalino, Agustín Guerrero Castillo, dijo que la resolución del IEDF es ilegal, porque viola abiertamente el artículo 41 constitucional, que impulsa a los partidos a promover la participación del pueblo en la vida democrática. Recordó que éstos son entidades de interés público, "es la suma de los ciudadanos en su derecho de asociación constitucional, lo que da razón de ser a los partidos políticos".

Entrevistado al término del festejo del 79 aniversario luctuoso del general Francisco Villa, organizado por el Frente Popular Francisco Villa, al que acudieron alrededor de 100 campesinos provenientes de Atenco, el también representante del PRD ante el IEDF advirtió que su partido ejercerá el derecho constitucional a promover la participación de los ciudadanos en los asuntos que atañen a la vida pública del país y de la ciudad, por lo que promoverán con otros organismos y con personalidades, una campaña en favor de participar en el plebiscito.

Sobre el tema, el consejero electoral Eduardo Huchim May -quien votó contra el acuerdo-, opinó que se cometió un "error de carácter monumental", porque con base en los artículos 6, 7 y 9 del Código Electoral local, "no existe fundamentación alguna para restringir a los partidos, como asociaciones de ciudadanos, el derecho a pronunciarse en un proceso plebiscitario y participar en las campañas respectivas".

Estableció que el sustento del razonamiento del consejo general del IEDF fue el artículo 134 del Código Electoral del DF, que señala que: "La realización de los procesos de participación ciudadana se constituyen por el conjunto de actos realizados por las autoridades locales y los ciudadanos".

"Por lo que, explicó, ellos (el IEDF) infieren que como no están mencionados, los partidos están excluidos. Esa es una interpretación errónea, porque si así fuera, sería necesario decir que tampoco está mencionado el Instituto Electoral del DF, ya que sólo se habla de autoridades locales y éstas, conforme al artículo 8 del Estatuto de Gobierno, son exclusivamente la Asamblea Legislativa, el jefe de Gobierno y el Tribunal Superior de Justicia del DF".

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