Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 15 de junio de 2002
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  La Jornada de Oriente
  Fotos del Día
  Librería de La Jornada
  Correo Electrónico
  Busquedas
  >

Política

Miguel Concha

Autocomplacencia y precario reconocimiento

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) es la organización no gubernamental más antigua y respetada, con estatuto consultivo ante los organismos de derechos humanos de la ONU. Creada en 1922, cuenta con 44 corresponsales y 71 organizaciones afiliadas en todo el mundo. La Liga Mexicana para la Defensa de los Derechos Humanos y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos se encuentran entre éstas.

En el número 331/3 de su publicación La Letra, editada en París y correspondiente al mes de junio, publica un informe claro y contundente sobre la situación de los pueblos indígenas de México, luego de una amplia y diversificada consulta directa, entre el 25 de noviembre y el 7 de diciembre de 2001, en la que cuatro de sus expertos visitaron Oaxaca, Veracruz, Chiapas y el Distrito Federal.

Aunque la misión tuvo por objetivo prioritario evaluar el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas, consideró indispensable dedicar una parte importante de su informe a la reciente reforma constitucional en materia de derechos y cultura indígenas, por las implicaciones negativas que tiene para ellos, y otra a la ausencia o insuficiente reconocimiento de sus jurisdicciones propias y de su derecho consuetudinario, por las repercusiones que tiene en el reconocimiento de sus derechos culturales.

Finalmente, ante la imposibilidad de tratar acerca de todos los derechos económicos, sociales y culturales, presta una especial atención al tema de tierras, megaproyectos y mujeres indígenas.

Para la FIDH es sumamente preocupante que mientras no existe un reconocimiento efectivo de los derechos de los pueblos indígenas, lamentado por ellos y por importantes sectores de la sociedad, las autoridades públicas, y entre ellas las mismas organizaciones gubernamentales de derechos humanos, consideran que son satisfactorios los escasos avances que en materia de procuración y administración de justicia para los pueblos indígenas se han dado a nivel federal y en algunos estados.

Luego de hacer un análisis comparativo pormenorizado entre la reforma constitucional publicada en agosto del año pasado, la propuesta original de la Cocopa y el Convenio 169 de la OIT, suscrito por México, en el que varias veces cita los trabajos de Magdalena Gómez, Francisco López Bárcenas y Diego Valadez, el informe se ocupa de las ilegalidades e inconsistencias de fondo y forma que rodearon su aprobación.

"En el caso de la reforma de derechos indígenas -expresa- ocho de los 19 congresos locales que votaron a favor, lo hicieron de forma ilegal, violando los preceptos establecidos referentes a las respectivas constituciones de sus estados.

"Esto, en razón de que en la mayoría de los estados federados del país la aprobación es mediante mayoría calificada, es decir, las dos terceras partes del número total de los individuos que integran cada Legislatura". "La situación reviste mayor gravedad, dado que los diez estados que rechazaron la reforma, entre los que se encuentran Chiapas, Oaxaca, Guerrero y México, concentran 80 por ciento de la población indígena".

Para la FIDH hubo estados en los que no se habría recogido el número de votos a favor y en contra en sus dictámenes de aprobación, y en los que no se cumplió con la obligación legal de publicarlos en su correspondiente medio oficial.

Además, el Congreso de la Unión hizo con fecha 18 de julio un recuento de votos, sin que el total de las legislaturas estatales se hubiera aún pronunciado sobre la misma, y hubo además denuncias reiteradas de que, salvo en los estados de Chiapas y Oaxaca, que votaron en contra, en los demás no fue consultada con los pueblos y comunidades indígenas, como lo estipula el Convenio 169 de la OIT en su artículo 6a. Para la FIDH las controversias constitucionales no son sólo un cuestionamiento de cómo se dio la aprobación, sino también la posibilidad de revisar el fondo del asunto, es decir, el desconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas de México.

En su documentado análisis, sintético y certero sobre el Plan Puebla-Panamá, del que por razones de espacio nos ocuparemos en otra ocasión, la FIDH fundamenta la falta de participación e incluso de información de las comunidades indígenas en su diseño y establecimiento, a pesar de las nefastas consecuencias negativas que puede significar para ellas.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año