Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Viernes 5 de abril de 2002
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Política

México necesita un gobierno colegiado y compartido entre los poderes, afirma

Facultar al Congreso federal para ratificar nombramientos del Ejecutivo, plantea el PRD

El PVEM propone modificar la Constitución para prever sustituto presidencial

ROBERTO GARDUÑO Y CIRO PEREZ

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de reforma constitucional para otorgarle facultad al Congreso federal de ratificar por mayoría absoluta los nombramientos que haga el Ejecutivo de los secretarios de despacho, del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), de ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

El coordinador de la bancada perredista, Martí Batres, argumentó que tras las recientes decisiones y conductas de diversos integrantes del gabinete presidencial se requiere la modificación constitucional propuesta porque ''México necesita un gobierno colegiado y compartido entre sus diversos poderes, y la clave de la estabilidad y la gobernabilidad se encuentra ahora en el Poder Legislativo''.

La postura de los legisladores del partido del sol azteca obedece a que el gobierno de la nación no debe depender de un solo individuo, y éste se encontrará sujeto a la responsabilidad, también, del Congreso de la Unión.

En el artículo 73 de la Carta Magna, además de proponer la ratificación de funcionarios de alto nivel, la iniciativa considera cambios en la fracción 31 ''para expedir todas las leyes que sean necesarias a objeto de hacer efectivas las facultades del Congreso de la Unión''.

En el artículo 78, dijo Martí Batres ante el pleno, se trata de ''otorgar o negar su ratificación por mayoría absoluta a la designación de los secretarios de despacho, procurador general de la República, ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores de Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales, así como disponer su separación del cargo a propuesta del Ejecutivo o por sí mismo''.

Por lo que hace al artículo 80 de la Constitución los cambios propuestos añadirían el siguiente contenido: ''Se deposita el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Unión en el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, electo por voto universal y directo, y los secretarios de despacho y procurador general de la República, designados por el Ejecutivo y ratificados por el Congreso de la Unión''.

También el diputado Arturo Escobar y Vega, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), llevó a la tribuna camaral una propuesta para reformar los artículos 84, 85, 95 y 98 de la Constitución, referentes a la sustitución del presidente de la República.

Los legisladores verdes propusieron que el artículo 84 de la Carta Magna quede, si lo aprueba el pleno, de la manera siguiente: ''En caso de falta absoluta del presidente de la República, inmediatamente asumirá el cargo de presidente provisional el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien deberá renunciar a su cargo como tal antes de ser ungido como presidente provisional, hasta que el Congreso realice lo establecido en este artículo''.

Si la falta del presidente de la República ocurriera en los dos primeros años del periodo respectivo, y si el Congreso estuviera en sesión se constituirá inmediatamente en colegio electoral y concurriendo cuando menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta dentro de los 10 días siguientes al presidente interino. La convocatoria para la elección del presidente que deba concluir el periodo respectivo tendrá que verificarse en un plazo no menor de 14 meses ni mayor de 18 de meses.

El artículo 85 incluyendo la propuesta de modificación del PVEM contempla que si al comenzar un periodo constitucional no se presentara el presidente electo o la elección no estuviera hecha y declarada el primero de diciembre, asumirá como presidente provisional el presidente de la Suprema Corte de Justicia.

Mientras, el artículo 95 señala que para ser electo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se necesita no haber sido presidente de la República, secretario de Estado, jefe de departamento administrativo, procurador general de la República o de Justicia del Distrito Federal, senador, diputado federal ni gobernador de estado.

Por su parte, el diputado panista Diego Alonso Hinojosa propuso reformar el artículo 72 de la Constitución para obligar al Poder Legislativo a discutir todo proyecto de ley o decreto que no sea exclusivo de alguna de las cámaras.

''Todo proyecto de ley o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley Orgánica y el reglamento para el gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sobre la forma, intervalos y modos de proceder en las discusiones y votaciones''.

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