Los ministros deberán resolver sobre 330 casos de controversia constitucional
Satura a la Corte el examen de la ley indígena
JESUS ARANDA
Las 330 controversias constitucionales y tres acciones de inconstitucionalidad, así como los 351 recursos de reclamación derivados de estos procesos, que atiende la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), son un hecho histórico sin precedentes en la vida política y jurídica del país.
La temática es "sumamente compleja, la instrumentación del proceso ha sido engorrosa, difícil y complicada", reconoció Pedro Nava, director de la Unidad de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad de la SCJN.
Aun cuando todavía no se desahogan siquiera los recursos de reclamación -paso previo para concluir la etapa de instrucción, para pasar a las audiencias constitucionales y de ahí a la elaboración de un proyecto por cada controversia-, hasta la fecha la Corte ha recibido 19 mil promociones, lo que ha implicado la impresión de 800 mil copias fotostáticas relacionadas con traslados, demandas, escritos de agravios y anexos respectivos, indicó el funcionario en entrevista.
Esta labor "titánica" incluye además 36 mil certificaciones de los actos de la presidencia de la Corte y los ministros instructores, y el giro de 33 mil oficios para la notificación de asuntos dirigidos a los 31 congresos estatales, las cámaras de Senadores y Diputados, la Presidencia de la República, la Procuraduría General de la República y a todos los promoventes. Cada uno de los expedientes consta de al menos tres mil fojas, lo que da una idea de la complejidad que representa la integración y preparación de los procesos.
Precisó que por ley la Corte tendrá que resolver uno por uno todos estos asuntos, lo que, sumado a los incidentes que han presentado las partes en el curso de los procesos, ha retrasado el procedimiento.
Puntualizó que será después de que se resuelvan los recursos de reclamación -en aproximadamente dos meses y medio-, cuando el máximo tribunal esté en condiciones de iniciar las audiencias constitucionales que llevarán un tiempo aproximado de mes y medio, con jornadas diarias de nueve de la mañana a siete de la noche, y sólo después los ministros pasarían a la elaboración de los proyectos de dictamen.
Aumentó 900% la carga laboral
-ƑCómo están trabajando, dicen que no duerme la Corte?
-Hubo un aumento de asuntos con relación al año pasado de 900 por ciento; se han hecho las adecuaciones, pero evidentemente es un trabajo que no termina. También la falta de presupuesto de la Corte nos ha afectado en gran medida, porque se han tenido que hacer ajustes, es decir, si no estaba previsto este crecimiento, mucho menos estaba presupuestado, y si no estaba presupuestado y los recursos fueron inferiores a lo que se esperaba, se ha tenido que hacer un esfuerzo en las partidas para poder responder a todos, y estoy hablando del aspecto humano, pero el aspecto de recursos materiales es algo exorbitante: estamos sacando por día hasta 6 mil fotocopias.
-ƑPodría llevarse todo el segundo semestre de este año la resolución?
-Creo que no, porque tenemos que hacer los ajustes correspondientes para poder desahogarlos lo antes posible. La SCJN, so pretexto de la cantidad de trabajo, so pretexto de la escasez de recursos, no puede excusarse de que no puede resolver estos asuntos. Entonces se van hacer los ajustes conducentes.
-Usted decía que cada controversia va tener una resolución específica; Ƒno va a ser homogénea?
-No, no puede serlo.
-Por ejemplo, en el caso del estado de Oaxaca, Ƒcuáles son los principales argumentos contra la reforma constitucional?
-En general las demandas son coincidentes en alegar un sinnúmero de violaciones dentro del procedimiento de reforma constitucional, especialmente, así como incumplimiento del Convenio 169 de la OIT, que establece que los gobiernos deben consultar a los pueblos indios sobre cualquier reforma de ley que los afecte, además de que la legislación desconoce la validez de los acuerdos de San Andrés.
-ƑSe podría llegar a una eventual anulación de la ley con base en estos criterios?
-La finalidad de la controversia constitucional genéricamente es esa, determinar la invalidez de un acto o de una norma, pero esto ya será materia de un análisis muy profundo, de un estudio complejo,
-ƑQué precisiones haría para evitar las confusiones?
-Básicamente que la Corte no va emitir una ley, es decir, no va legislar, solamente va determinar si existe un vicio de constitucionaliad o no, pero esto es muy restringido, la labor de emitir leyes no le corresponde a la SCJN.