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Candidatos a juzgadores podrán gastar $220 mil en su campaña

El dinero será para cubrir gastos personales, viáticos y traslados

 
Periódico La Jornada
Miércoles 26 de febrero de 2025, p. 4

Los más de 4 mil candidatos que participarán en la elección judicial tendrán un tope de gastos de campaña de 220 mil 326 pesos cada uno, recurso que deberán reportar –y sustentar con documentos– ante la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

El capital será exclusivamente para cubrir gastos personales, viáticos y traslados.

El anterior es otro de los elementos novedosos de este proceso, porque a diferencia de las personas postuladas por partidos políticos, en las elecciones tradicionales, esta vez los candidatos no tendrán financiamiento público y sí diversas prohibiciones, como contratar espacios para divulgar propaganda electoral.

Tampoco pueden contratar encuestas o estudios de opinión; únicamente podrán repartir mensajes impresos en papel reciclable.

Igualmente, los partidos y los servidores públicos no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de candidatura alguna.

La campaña inicia el 30 de marzo entrante y tendrá una duración de 60 días; en ningún caso habrá precampaña.

Según fuentes consultadas, la propuesta de una mayoría de consejeros es aprobar que esa cantidad (220 mil 326.20 pesos) se fije para todos los contrincantes, sin importar el cargo para el que compitan.

El monto es equivalente al límite de aportación individual de las personas candidatas independientes, en contiendas ordinarias.

Las personas candidatas podrán hacer uso de redes sociales o medios digitales para promocionar sus candidaturas, siempre y cuando no implique gasto para potenciar los contenidos.

Sí podrán participar en entrevistas de carácter noticioso y foros de debate organizados y brindados gratuitamente por el sector público, privado o social en condiciones de equidad.

En caso de irregularidades en el gasto, las sanciones van desde amonestación pública y multa de hasta 5 mil veces la unidad de medida y actualización, hasta la cancelación del registro de la candidatura, especialmente cuando se compruebe que recibieron recursos públicos o privados o asistan a eventos partidistas. Todo ello –y su gravedad- según lo determine el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Ello porque en los parámetros de la elección judicial no se estableció una sanción específica para el caso de rebase de topes de gastos personales de campaña, conducta que transgrede el principio de equidad en la contienda y amerita un pronunciamiento específico.

Por tal motivo, ante la comisión de la referida infracción, se considera procedente que sea la autoridad electoral jurisdiccional federal la que conozca y en su caso, resuelva conforme a lo que a derecho proceda, se establece en el anteproyecto que será sometido esta semana a consideración de los integrantes de la comisión de Fiscalización, y enseguida del consejo general del instituto.