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La Contraloría General ignora orden judicial para indemnizar a adulta mayor por fractura de rodilla

La mujer resultó lesionada al caer en una banqueta en mal estado y la atención médica le costó 100 mil pesos

 
Periódico La Jornada
Domingo 26 de enero de 2025, p. 23

María Natividad Sánchez Vargas, de 75 años de edad, logró que un juez y un magistrado le dieran la razón para que la Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México pague los 95 mil 326.48 pesos que le costó la cirugía de su rodilla derecha, que resultó con fractura de rótula, al caerse por el mal estado de la banqueta por la que caminó cuando salió de su domicilio para tirar la basura.

La mujer de la tercera edad reclamó a la dependencia capitalina la indemnización como reparación del daño sufrido a su persona como consecuencia de la actividad administrativa irregular del gobierno capitalino, porque tropezó con un levantamiento de aproximadamente 10.5 centímetros en uno de los bordes de la acera, ubicada en la calle Doctor Martínez del Río casi esquina con Doctor Jiménez, en colonia Doctores.

En abril del año pasado, la tercera sala ordinaria jurisdiccional del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) rechazó la apelación de la Secretaría de la Contraloría General, que se negó a acatar la decisión del juez, tras asegurar que Sánchez Vargas no había presentado las pruebas suficientes de la caída que sufrió alrededor de las 7:30 de la mañana del 17 de junio de 2021.

A pesar de que la sentencia definitiva es favorable a la mujer, la Secretaría de la Contraloría General no ha pagado, por lo que Sánchez Vargas notificará por escrito a la tercera sala ordinaria jurisdiccional del TJA que la dependencia capitalina no ha cumplido con el mandato judicial, a pesar de que en el expediente quedó asentado que hay documentos certificados de la alcaldía Cuauhtémoc, entre otros, que demuestran el mal estado de la banqueta el día del accidente.

La afectada cuenta con el reporte del Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), el documento de la reparación de la acera que la alcaldía realizó meses después, así como las fotografías que muestran hora, lugar y fecha del accidente y el estado de la estructura, por lo que demandó el pago de indemnización a la dependencia capitalina, de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Patrimonial local.

El monto reclamado es por el pago de estudios, gastos hospitalarios y honorarios médicos, indicó la mujer, quien relató que el dolor que sufrió tras la caída era insoportable, por lo que acudió a un hospital para que la revisara un especialista en ortopedia y traumatología.

El diagnóstico fue fractura en la rótula de la rodilla derecha, por lo que fue necesario y urgente que se le practicara una cirugía que consistió en colocar dos tornillos y un alambre.

De acuerdo con el artículo 3, fracción I de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, la actividad administrativa irregular es aquella que cause daño a los bienes y derechos de los particulares, siempre que sea consecuencia del funcionamiento irregular de la actividad o servicio público, que no se haya cumplido con los estándares promedio de funcionamiento de la actividad o servicio público de que se trate y que exista la relación causa efecto entre el daño ocasionado y la acción administrativa irregular imputable a los entes públicos.