Un juez lo encontró culpable de vejaciones y agresiones // Uno de los episodios violentos contra su ex pareja fue delante de sus dos hijos
Miércoles 18 de diciembre de 2024, p. 8
Madrid. El cantaor andaluz Diego El Cigala fue condenado por un juzgado civil en España a una pena de dos años y un mes de cárcel por diversos actos de malos tratos contra su ex esposa, con la que protagonizó varias escenas de extrema violencia física y verbal, una de ellas delante de sus dos hijos menores de edad. El artista flamenco, que se llama Diego Ramón Jiménez Salazar, todavía puede recurrir la sentencia, que no es firme, pero de mantenerse se prevé que entre en la cárcel al menos durante un mes.
Diego El Cigala se volvió un cantaor popular a raíz de la fusión de los géneros musicales, pero muy especialmente cuando grabó el disco Lágrimas negras de la mano del músico cubano Bebo Valdés. A partir de ahí siguió por esa misma senda, en la que también grabó un álbum de homenaje a la música mexicana, Diego canta a México, y realizó varias colaboraciones de artistas de enorme prestigio, como Lila Downs, María Dolores Pradera, Óscar de León y otros cantantes populares como Alejandro Fernández y Ricky Martín, entre otros.
Su fama y éxito comercial le llevó a trasladar su residencia habitual a República Dominicana, en donde además adquirió la nacionalidad de ese país. Que fue además donde se registraron algunos de los incidentes con su ex pareja y madre de sus dos hijos que, según la sentencia del juzgado de lo penal número tres de Jerez de la Frontera, en la provincia de Cádiz, el artista es culpable de varios delitos de violencia machista. El primer delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer fue por una agresión cometida sobre su ex esposa en un hotel de Jerez, y por el que le impone una condena de seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años. El segundo delito de malos tratos ocurrió en un hotel de Palafrugell, en la provincia catalana de Girona, y por el que le impone ocho meses de cárcel. El tercer delito de malos tratos fue cometido en la casa de Jerez en la que estaban conviviendo, y fija en este caso una pena de 11 meses de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años, una agravación que se aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos. Además, la sentencia le condena por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impone 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado de la víctima, y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros por un plazo de seis meses.
La magistrada española explicó en su sentencia que sí
considera probado que cuando la víctima se quedó embarazada de su primer hijo, la relación sentimental entre ambos comenzó a deteriorarse y las discusiones entre ellos se volvieron frecuentes
y en el marco de estas controversias, en las que ambos se gritaban mutuamente, el acusado, con menosprecio hacia la persona le profirió expresiones como puta, maldita perra y desgraciada
.
A raíz de la sentencia, varias ayuntamientos españoles, como Murcia y Alicante, y salas de conciertos privadas han decidido cancelar su contrato con el artista flamenco.