Así, el gobierno podrá disponer de más de 17 mil 236 millones de pesos
Lunes 2 de diciembre de 2024, p. 5
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplicó nuevamente el criterio de supremacía constitucional
, esta vez para marcar la pauta a tribunales y juzgados con el fin de que se mantenga la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Así, el gobierno federal podrá disponer de más de 17 mil 236 millones de pesos que guardan los fondos, según los últimos reportes de septiembre pasado. Son 2 mil millones de pesos más de los más de 15 mil millones registrados en octubre de 2023, cuando se promulgó la reforma a la Ley Orgánica del PJF que ordenó su desaparición.
La extinción de los fondos se frenó en diciembre de 2023 por instrucción del ministro Javier Laynez Potisek, quien concedió dicha medida cautelar al admitir las acciones de inconstitucionalidad 214/2023 promovida por senadores de oposición y la 220/2023 de diputados federales de oposición.
Fue hasta el pasado miércoles que la primera sala de la Corte aprobó por cuatro votos a favor y uno en contra (del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena) el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat que revocó la suspensión de Laynez, pero al no ser público el proyecto hasta ayer no se habían difundido las razones.
Sin embargo, fuentes del alto tribunal informaron a este diario que el argumento central de la propuesta de sentencia de Ríos Farjat se basó en la reforma constitucional al artículo 105, último párrafo, que forma parte del decreto del 15 de septiembre pasado, es decir, la flamante reforma judicial.
Tratándose de controversias constitucionales o de acciones de inconstitucionalidad planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada
, señala la Carta Magna.
La ministra también precisa que en diciembre de 2023, cuando el ministro Laynez concedió la suspensión, había condiciones distintas
en el marco legal, pero tras la reforma judicial hoy la primera sala está respetando lo que el poder reformador (el Legislativo) decidió sobre prohibir las suspensiones contra normas generales.
El proyecto de la ministra resolvió un recurso de reclamación promovido en 2023 por el Ejecutivo federal, que entonces encabezaba Andrés Manuel López Obrador.
Es procedente y fundado el recurso de reclamación. Se revoca el acuerdo recurrido. Se niega la suspensión solicitada
, determinó la Corte.
Las recientes modificaciones constitucionales han detenido en la Corte impugnaciones sobre asuntos impulsados por los gobiernos de la denominada Cuarta Transformación.
Por ejemplo, el pasado 12 de noviembre, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobreseyó y desechó siete controversias contra la reforma al PJF, aplicando el criterio de la supremacía constitucional
del decreto del 31 de octubre de este año que modificó los artículos 105 y 107 constitucionales, y que declaran improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Carta Magna.