Viernes 29 de noviembre de 2024, p. 29
Autoridades electorales dieron vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, luego de que Lorena Osornio, ex candidata sin partido a la jefatura de Gobierno en 2018, presentó 2 mil 922 firmas irregulares de ciudadanos para apoyar una iniciativa de reforma sobre candidaturas independientes.
El año pasado, Osornio, junto con Sergio Jiménez Barrios, presentó una iniciativa para reformar la Constitución y el Código Electoral a fin de reforzar la figura de la candidatura independiente en materia de financiamiento, aplicación de los recursos y fiscalización. Para registrarla como iniciativa ciudadana, ambos supuestamente recabaron miles de firmas que fueron analizadas por el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).
Irregularidades detectadas
De acuerdo con un proyecto que votará el órgano electoral este viernes, Osornio presentó 11 mil 830 firmas, de las cuales 2 mil 922 tenían irregularidades, como registros no encontrados, repetidos, con bajas del padrón electoral, pues los ciudadanos en cuestión ya habían fallecido o tenían suspendidos sus derechos políticos, entre otros.
Debido a que sólo quedaron 8 mil 330 registros válidos, Osornio no cumplió con el porcentaje mínimo de 0.13 por ciento de firmas –10 mil 192–, por lo que no podrá ser inscrita como iniciativa ciudadana ante el Congreso de la Ciudad de México.
Es la segunda ocasión que Osornio es sujeta a investigación por la fiscalía, pues en 2023, para registrar su candidatura, el IECM halló 11 mil credenciales para votar con irregularidades, como firmas no válidas o simuladas.
Analizan las de antitaurinos
En otro tema, el órgano electoral local también realiza el análisis de las firmas que diversos colectivos en contra de la tauromaquia presentaron para inscribir una iniciativa con carácter de preferente ante el Congreso de la Ciudad de México.
De acuerdo con los activistas, el IECM les informó que las firmas son válidas; sin embargo, el Legislativo no ha recibido comunicación oficial al respecto. La Constitución Política local establece que para que una iniciativa ciudadana tenga carácter de preferente debe contar con al menos 0.25 por ciento de las firmas válidas de las personas inscritas en la lista nominal de electores.