Presidencia puede impugnar las decisiones
Ordenó eliminar del Diario Oficial el decreto de la modificación
Miércoles 25 de septiembre de 2024, p. 5
El juzgado 19 de distrito con sede en el estado de Veracruz ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador y al director del Diario Oficial de la Federación eliminar el decreto que reforma al Poder Judicial y que se publicó el pasado 15 de septiembre.
El gobierno puede impugnar el fallo para que un tribunal colegiado resuelva si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.
La jueza Nancy Juárez Vargas concedió la suspensión definitiva como parte de un juicio de amparo presentado por personas que pidieron al juzgado no difundir públicamente su identidad.
De manera concluyente y ante la falta de alegatos por parte del Congreso de la Unión y la Presidencia de la República, la jueza determinó que “es procedente conceder la suspensión con efectos restitutorios para que las autoridades responsables –Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y director del Diario Oficial de la Federación– en el ámbito de sus respectivas competencias eliminen la publicación realizada el 15 de septiembre de 2024 del decreto de reforma constitucional”.
Los peticionarios del amparo reclamaron la discusión y aprobación del dictamen relativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Federal, específicamente los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos, así como la continuación al proceso legislativo
.
Los solicitantes de la protección de la justicia federal ampliaron su demanda el 12 de septiembre y fue entonces que reclamaron “la promulgación y publicación de las reformas al Poder Judicial, mismos que reclamamos del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, así como del Diario Oficial de la Federación, por las violaciones procesales que se han cometido dentro del proceso legislativo, mismas que detallaremos al momento en que rindan sus respectivos informes las autoridades en vía de conceptos de violación” y se pidió la suspensión de la promulgación del decreto reclamado y su publicación.
En sus consideraciones, la jueza señala que el otorgamiento de esta suspensión se fundamenta en que los actos implican una violación relevante de los derechos humanos, lo que amerita el otorgamiento de la suspensión de oficio; esto, con motivo de los alcances de la afectación y violaciones a los derechos humanos de corte regresivo, que ocasionan los actos reclamados, entre los cuales destacan la independencia judicial con la elección popular de jueces, la imparcialidad en sus decisiones, entre otras
.
Por la noche, un juez de distrito ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que se abstenga de implementar el proceso electoral judicial 2024-2025 para la elección de jueces, magistrados y ministros, además de emitir acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización.
Erika Nictehá Flores Gutiérrez, representante legal de Fundación Iris en promoción y defensa de los derechos humanos, asociación civil, obtuvo una suspensión provisional que le otorgó Francisco Javier García Contreras, titular del juzgado segundo de distrito con residencia en Colima.
El juzgador dio plazo de 24 horas para que las autoridades acaten la suspensión provisional, de no hacerlo impondrá una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 150 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión.
No obstante, las autoridades pueden impugnar el fallo para que un tribunal colegiado determine si confirma, modifica o revoca el fallo.
El impartidor de justicia demandó al INE que se abstenga de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.