Política
Ver día anteriorMiércoles 4 de septiembre de 2024Ediciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Particular impugna recurso que busca frenar la enmienda
 
Periódico La Jornada
Miércoles 4 de septiembre de 2024, p. 10

Un particular, cuyo nombre no fue publicado, impugnó la suspensión que la juez quinto de distrito en el estado de Morelos, Martha Eugenia Magaña López, otorgó para que el proyecto de reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) no se discuta ni sea votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura.

El caso se turnó a un tribunal colegiado en materias penal y administrativa del decimoctavo circuito en turno para que en los próximos días determine si confirma, modifica o revoca el fallo de la juez Magaña López, a pesar de que ayer los diputados se reunieron en una sede alterna para discutir la enmienda, debido a protestas que trabajadores del Poder Judicial realizaron en el recinto de San Lázaro.

El sábado pasado, la togada concedió la medida cautelar para efectos de que el proyecto de dictamen no surta efectos para los quejosos, lo que implica que no pueda ser sesionado por la legislatura entrante hasta que se emita la suspensión definitiva.

En su demanda de amparo, los jueces promoventes Perla Fabiola Estrada, Ignacio Pérez Aguirre, Lizbeth Martínez Arias y Eduardo Antonio Velasco Treviño, adscritos al decimoctavo circuito, al que corresponde también Magaña López, reclamaron la inconstitucionalidad del artículo 186 del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como la discusión y aprobación del dictamen relativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Federal, específicamente los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116 y 122, así como la continuación del proceso legislativo.

En la resolución, la jueza indicó que, si bien a la persona que impugnó el fallo no le ha sido reconocido el carácter de tercero interesado, dio trámite al recurso para no vulnerar los derechos del quejoso.