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La Suprema Corte invalida regulaciones migratorias en Aguascalientes
 
Periódico La Jornada
Martes 20 de agosto de 2024, p. 25

Por invadir facultades federales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer varias disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Migrantes del Estado de Aguascalientes vigentes desde noviembre 2023, entre ellas que el estado cuente con el registro estatal de esas personas, y otra que obligada a los extranjeros a proporcionar la información que les sea requerida por las autoridades locales.

En sesión del pleno, por mayoría de votos de los ministros se declararon inválidos los artículos 4, fracción 11; 24, fracción 7; 29 y 30, que crearon y regulan el registro de migrantes en la entidad, cuya inscripción era voluntaria.

Ya existe un Registro Nacional de Extranjeros previsto en el artículo 63 de la Ley de Migración, dijo la ministra ponente, Yasmín Esquivel Mossa.

En contra estuvieron los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Margarita Ríos Farjat.

A mi parecer el registro estatal tiene como fin facilitar la reunificación familiar y el análisis del fenómeno migratorio para su futuro estudio y prevención adecuada. Mientras que el federal solamente persigue un fin estadístico, defendió Ríos Farjat.

También fueron invalidados los artículos 6, fracción quinta y 25, fracciones 2, 3, cuatro y cinco, en los cuales se establecen que los migrantes están obligados a proporcionar la información requerida por las autoridades, así como resguardar y exhibir la documentación que acredite su identidad y su situación.

Del artículo 20 de la ley estatal se eliminó la proporción prevista por el sector público, ya que se consideró que limitaba el derecho de los migrantes a recibir atención médica sólo en el sector público, excluyendo el privado.

La dignidad humana no tiene fronteras, destacó Esquivel.

Por mayoría de votos, el pleno también determinó que el fallo tendrá que ser acatado en cuanto notifique al Congreso de Aguascalientes los resolutivos, para que sus efectos sean más inmediatos, y no hasta que se les envíe la sentencia completa

No ha habido problemas, sin embargo ciertas cuestiones relacionadas a lo que decimos surte efectos a partir de los puntos resolutivos, y así lo entienden los congresos; pero los engroses (sic) tardan mucho y por eso a veces no les llegan las razones por las que se da la conclusión de declarar la invalidez, reconoció la ministra presidenta, Norma Piña.