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Cuarta resolución del TEPJF contra el Ejecutivo

Vulneró la neutralidad y la equidad

 
Periódico La Jornada
Jueves 27 de junio de 2024, p. 5

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, además de haber incurrido en el uso indebido de recursos públicos por las expresiones que hizo en la conferencia matutina del 10 de noviembre de 2023.

Con esta nueva resolución, que es inatacable, van más de cuatro sentencias en las que la sala superior confirma que el mandatario incurrió en dichas infracciones en el proceso electoral 2024, pese a las medidas cautelares en las que se le pidió abstenerse de hablar de los comicios o temas vinculados.

En la conferencia del 10 de noviembre del año pasado, el Presidente mencionó que antes se elegía por dedazo y ahora hay otro método y la gente ya no se deja engañar y ahora se vota de manera libre.

Por estas declaraciones, el TEPJF concluyó que la sala regional especializada tuvo razón al señalar que López Obrador excedió los límites de libertad de expresión, ya que sus palabras no configuraron un ejercicio periodístico, sino su postura sobre los aspectos que la ciudadanía debe tomar en cuenta como señalar si el candidato tiene ideales y cuál es el partido político que los postula.

La máxima instancia electoral resolvió que por dichas expresiones en esa conferencia, el titular del Poder Ejecutivo volvió a incurrir en manifestaciones que no debió hacer en periodo de precampaña electoral, por lo que utilizó de manera indebida presupuesto público, aunque por tratarse del Presidente de la República no se le puede imponer sanciones económicas.

Reducen multa a Morena

Los magistrados de la sala superior también revocaron parcialmente una sanción económica que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a Morena por irregularidades detectadas en los gastos de precampaña para la Presidencia, senadurías y diputaciones.

El proyecto estuvo a cargo de la magistrada Janine Otálora, y en él señalaba ordenar al INE emitir una nueva determinación e individualización de la sanción.

El partido guinda recibió una sanción de más de 18 millones de pesos por la omisión de reportar gastos asociados a propaganda que fue localizada en la vía pública durante el periodo de precampaña federal y que sumó 4 mil 249 hallazgos, que son entre otros, lonas y anuncios pintados en bardas, etcétera.

El proyecto de la magistrada proponía revocar dicha conclusión al estimar que el agravio es parcialmente fundado, pues había algunos hallazgos que de manera evidente no le pueden ser reprochables a dicho partido.

El magistrado Felipe Fuentes señaló que no apoyaba esa propuesta, pues desde su perspectiva el Consejo General del INE no demostró de qué manera los hallazgos están vinculados con el partido, y en ese sentido “no puede concluirse de manera dogmática que los hashtags ‘Encuesta’ y ‘Es la respuesta’, son una señal inequívoca de ello”.

Apuntó que es criterio del TEPJF que el uso de un hashtag seguido de un nombre, con la frase En la encuesta es la respuesta, no constituye en principio un llamado al voto ni un acto de precampaña, por lo que se debía revocar en su totalidad.

En este punto coincidieron los magistrados Mónica Soto y Felipe de la Mata, por lo que fueron tres votos en contra de la propuesta de Otálora, ya que el magistrado Reyes Rodríguez no asistió a la sesión.