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Emiten nuevos lineamientos de protección civil para establecimientos de alto riesgo

Garantizar la seguridad de asistentes y empleados, el propósito: Urzúa

 
Periódico La Jornada
Martes 25 de junio de 2024, p. 31

Los propietarios, administradores o poseedores de establecimientos mercantiles de alto riesgo como bares, centros nocturnos y discotecas tendrán 90 días naturales, a partir del día de su apertura, para registrar su programa interno de protección civil y contar con un dictamen técnico del Heroico Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de México sobre prevención de incendios.

Se trata, explicó la titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, Myriam Urzúa, de garantizar la seguridad de quienes asisten y laboran en dichos lugares mediante la revisión del cumplimiento de la normatividad.

Los establecimientos que incumplan serán sancionados y tocará a las áreas respectivas de la administración pública determinar si procede una suspensión temporal de actividades o una clausura, pues lo que se busca es que quienes asisten a ellos disfruten con seguridad, dijo.

De acuerdo con las reformas al reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, se prevén multas de 271 mil 425 a 542 mil 850 pesos, equivalentes a mil 500 y 5 mil unidades de medida de actualización (umas), respectivamente, de no contar con el dictamen técnico de prevención de incendios.

El dictamen, sin embargo, será exigible para los programas internos de protección civil ya registrados, un año después de la expedición de los lineamientos técnicos correspondientes, se precisa en el documento publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Los establecimientos mercantiles, industrias o inmuebles de alto riesgo, en tanto, contarán con 90 días naturales para registrar, por medio de un responsable oficial de protección civil, su programa interno en la plataforma digital de dicha secretaría.

Durante la vigencia del programa interno, la dependencia podrá revisar en cualquier momento que el contenido del mismo cumpla con lo señalado en la ley, el reglamento, los términos de referencia o las normas técnicas aplicables.

La póliza de seguro con la que deberán contar los establecimientos mercantiles, industrias e inmuebles de mediano o alto riesgo, así como los destinados al servicio público, cubrirá la indemnización a los terceros en sus bienes y sus personas.

En caso de eventos o espectáculos públicos masivos, los organizadores o promotores, por su parte, deberán contar con un visto bueno en lo relativo a extintores y señalización emitido por el Heroico Cuerpo de Bomberos.

Mientras, las obras que requieran manifestación de construcción tipo C, los hospitales, parques de diversiones, estaciones de servicios y de carburación, centros y plazas comerciales, serán consideradas de alto riesgo y deberán elaborar un estudio de riesgo de obra, se indica en el documento.