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En vigor, reforma contra ejecuciones extrajudiciales en Oaxaca
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 21 de junio de 2024, p. 32

Oaxaca, Oax., Ayer entró en vigor la adición del artículo 292 quarter al Código Penal del Estado, que castiga el delito de ejecución extrajudicial con sanciones de 50 hasta 70 años de cárcel, y si la víctima es un defensor de los derechos humanos, el castigo puede alcanzar entre 66 y 93 años de prisión. Además, es imprescriptible.

También contempla multas de mil a mil 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a la fecha en que ocurrieron los crímenes. Adicionalmente, el servidor público responsable será inhabilitado para ejercer cargo público alguno.

La adición estipula que comete delito de ejecución extrajudicial el integrante o miembro de cualquier corporación de seguridad pública estatal o municipal que, estando en ejercicio de su cargo, actuando arbitrariamente o con abuso o exceso de fuerza, prive de la vida a una o más personas, así como cualquier persona que con el consentimiento, aprobación, orden o apoyo de cualquier servidora o servidor público estatal o municipal prive de la vida a una o más personas.

La tarde del miércoles fue publicada la reforma en el Diario Oficial del gobierno de Oaxaca, por lo que a partir del 20 de junio de 2024 dicha modificación entró en vigor.

La iniciativa ciudadana la presentó desde hace más de un año el Comité de Víctimas por Justicia y Verdad 19 de Junio (Covic), con el apoyo de la Red Estatal de Víctimas Tomás Martínez.

Periodistas, excluidos

Un apartado importante, expusieron sus creadores, es una agravante, pues en caso de que la víctima de ejecución extrajudicial sea una defensora o defensor de los derechos humanos la pena se incrementará en un tercio de la mínima y hasta un tercio de la máxima, es decir, la sanción puede ir de 66 y hasta 93 años de prisión.

El dirigente del Covic, Santiago Ambrosio, expuso que intentaron incluir entre las agravantes las agresiones a periodistas; sin embargo, los representantes de la administración estatal, encabezada por el morenista Salomón Jara Cruz, rechazaron esta propuesta.

Lo más importante es que Oaxaca cuenta con una ley de este tipo y es el primer estado de la República Mexicana, sobre todo porque es imprescriptible, lo que significa que no importa cuánto tiempo transcurra desde la comisión del delito, los responsables podrán ser juzgados, celebró el activista.

Manifestó que al estar contemplada en el Código Penal estatal la ejecución extrajudicial, será más fácil poder hacer modificaciones y agregar en algún momento el tema de los periodistas, pues ellos (también) son susceptibles a este tipo de crímenes.

Santiago Ambrosio recordó que las represiones de 2006 y 2016 dieron pie a una nueva ley que castiga abusos de las autoridades.

En esas dos ocasiones las movilizaciones que sufrieron la represión oficial fueron en apoyo a los profesores de la sección 22 de la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación.