Miércoles 22 de mayo de 2024, p. 29
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional la Ley de Juicio Político de Nuevo León y el Congreso local sí tiene facultades para iniciar un procedimiento de ese tipo contra los funcionarios públicos, incluyendo el mandatario estatal, pero se declaró inválido el fragmento que permitía la destitución inmediata una vez que se aplicara esta norma.
En enero y contra esa legislación, el gobernador emecista Samuel García promovió una controversia constitucional que fue analizada por el máximo tribunal, y por unanimidad se consideró válida la legislación, pero se eliminó la fracción que ordena la destitución inmediata del mandatario, como solicitaba la Comisión Anticorrupción de la Legislatura estatal conforme lo señalaba la Ley de Juicio Político.
García presentó ante la SCJN la controversia constitucional, luego de que por mayoría, el Congreso nuevoleonés, a través de la Comisión Anticorrupción, acordó iniciarle juicio político por violaciones graves a la Constitución local, al no presentar a tiempo el Presupuesto de Egresos de 2023 e incumplir con la publicación de decretos avalados por el Legislativo.
La Comisión Anticorrupción del Congreso aprobó el inicio del juicio político con el voto en contra de los diputados emecistas y de Morena.
Ayer, la SCJN validó la constitucionalidad de la Ley de Juicio Político y el acuerdo de inicio del procedimiento contra el mandatario estatal, aunque declaró inválida una parte del párrafo 2 del artículo 203 que estipula que los funcionarios locales sujetos a juicio político deben ser separados de su encargo cuando dos terceras partes del Congreso del estado determinen que es viable el procedimiento.