Suma más suspensiones definitivas
El demandante argumentó que las medidas legales para cumplir con esta obligación no han sido acatadas por las autoridades
Miércoles 22 de mayo de 2024, p. 32
Una jueza de distrito concedió una nueva suspensión definitiva que ordena a las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México suministrar agua potable, limpia y salubre
para consumo doméstico en la alcaldía Benito Juárez. La medida cautelar la otorgó a un particular que promovió el recurso de amparo ante el juzgado tercero de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México.
En su demanda de amparo, el promovente reclamó la omisión y falta de acción de adoptar todas las medidas legales a su alcance para garantizar el suministro de agua potable limpia y salubre para consumo doméstico, derivado de la contaminación de agua con aceites y lubricantes
en la alcaldía donde habita la quejosa y que ha sido plenamente reconocida por el propio Gobierno de la Ciudad de México.
Obligaciones que, dijo el promovente de la demanda, se desprenden de los artículos 4º, párrafo sexto, de la Constitución federal; 9, apartado F, numerales 1 y 16, y apartado B, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México, y 5º de la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México, que no han sido acatadas por las autoridades responsables.
En la lista de acuerdos, la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara notificó su resolución en el sentido de conceder la suspensión definitiva contra unos actos y negarla contra otros, en el amparo que promovió el representante legal de los colonos de la alcaldía Benito Juárez.
Se desconocen alcances
Sin embargo, la togada no publicó la versión pública de su fallo, por lo que oficialmente se desconocen los alcances concretos de esa suspensión.
Esta se suma a otras que hace unas semanas otorgaron jueces en materia administrativa con el fin de que autoridades locales y federales garanticen el acceso y suministro de agua potable y salubre para el uso humano, ya sea a través de la red hidráulica o, en caso de que esta se encuentre contaminada con microorganismos y/o sustancias nocivas para la salud, suministrar el citado líquido a través de carros- cisternas (pipas).
El gobierno capitalino puede impugnar el fallo de primera instancia para que el caso se turne a un tribunal colegiado y determine si confirma, modifica o revoca la sentencia de la juez federal.