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Se venció el plazo para que la GN vuelva a control civil
 
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de enero de 2024, p. 3

El plazo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que la Guardia Nacional vuelva al control civil de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) se cumplió desde el lunes pasado, pero se desconoce el avance que tiene la transferencia de mandos y personal, ya que la resolución incluye la administración del presupuesto señalado para esta corporación y en 2024 ascenderá a 70 mil 767 millones 434 mil 577 pesos.

Gran parte de estos recursos serán destinados al pago de nómina y gasto corriente de la Guardia Nacional, pero la mayoría, 37 mil 810 millones 495 mil 53 pesos, están etiquetados específicamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para la operación de la Guardia Nacional en la prevención, investigación y persecución de delitos.

Todos estos recursos están ya asignados formalmente a la SSPC en el PEF 2024, por lo que será esta dependencia la que los administrará durante todo este año, hasta que una eventual reforma constitucional permita la readscripción de la Guardia Nacional a la administración militar.

Sobre el estatus laboral de los militares –tanto de la Secretaría de la Defensa Nacional como de Marina– adscritos a la nueva corporación de seguridad pública y que en la actualidad cuenta con unos 120 mil hombres, el 13 de diciembre pasado se aprobó en el Senado una reforma sobre el alcance del artículo tercero transitorio del decreto que creó la corporación, ya que las leyes orgánicas del Ejército, Marina, de Ascensos de las Fuerzas Armadas, no ofrecían certeza sobre los derechos y seguridad laboral de los militares.

De esta manera, la modificación establece que los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones.

Una vez aprobada en el Senado, esta reforma fue enviada a la Cámara de Diputados, donde ya había sido votada positivamente, para enviarla al Ejecutivo y que se publique en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de que cobre vigor.

La decisión de la SCJN señala que la Guardia Nacional está definida en el artículo 21 de la Constitución como una corporación de carácter civil, por lo que colocarla bajo el control administrativo y operativo de militares no era posible, a menos que primero se haga una reforma constitucional.

Desde la concepción primigenia en el siglo XIX, como una institución civil, democrática, diferenciada del Ejército y federalista, la Guardia Nacional ha quedado, en última instancia, a disposición del Presidente de la República. Ha sido objeto de estudio y reiteración que esta institución fue llamada a regenerarse en 2019 y aunque conservó algunas de sus características originales, sufrió otros cambios fundamentales; principalmente, se convirtió en una institución policial del orden federal, señala la SCJN en el engrose de su sentencia.