Sábado 18 de febrero de 2023, p. 4
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó cuatro solicitudes de retiro de mensajes relacionados con supuestos actos anticipados de campaña de varios funcionarios y aspirantes a un puesto de representación popular.
Las quejas fueron presentadas por presunta promoción personalizada, violación a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda, actos anticipados de precampaña y campaña, así como uso indebido de recursos públicos.
En un primer asunto, los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) presentaron quejas en contra de Movimiento Ciudadano (MC); de Samuel García Sepúlveda, gobernador de Nuevo León, y diversos funcionarios de la administración estatal, por la presunta realización de actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.
Lo anterior, por su asistencia y participación al encuentro denominado Convención Nacional de Democracia
, realizado el 5 de diciembre pasado en la Ciudad de México, en el que presumiblemente se posicionó al actual gobernador de cara a la contienda 2023-2024.
Por ello, solicitaron que se ordene a las redes sociales Alphabet, YouTube, Meta y Facebook suspender la difusión de las publicaciones alusivas a esa actividad.
La comisión consideró improcedente la petición porque en la convención no fueron emitidos posicionamientos ante la ciudadanía con miras al próximo proceso electoral federal.
En los casos resueltos ayer, el presunto uso indebido de recursos es un tema que resolverá el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Otro caso
En otro expediente, los consejeros integrantes de esta comisión negaron imponer medidas cautelares solicitadas por un ciudadano en contra de Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación; Rutilio Escandón Cadenas, gobernador de Chiapas, y varios diputados de Morena, partícipes en dos actividades realizadas el pasado 18 de octubre en esa entidad sureña.
Las medidas fueron declaradas improcedentes porque el proceso electoral federal comienza en septiembre próximo.
Igualmente se ha vuelto común el criterio de consejeros y magistrados en el sentido de que los materiales en redes sociales no constituyen infracción porque el ciudadanos debe mostrar interés en esos contenidos para hacer la búsqueda correspondiente.
También se determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el partido Morena por la transmisión de un promocional para televisión pautado por el PRI, para su difusión en el periodo de intercampaña en el estado de México, lo mismo hacia un espot de Morena, de su precandidata a la gubernatura.