Se busca aprobar la ley de la FGR
Lunes 7 de diciembre de 2020, p. 9
Esta semana, que será la última de trabajos legislativos, el Senado buscará sacar una docena de iniciativas, entre ellas la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR), la Ley de Educación Superior, reformas a la Ley de Seguridad Nacional y a las leyes del Infonavit y del Issste, y esperará la minuta de la Cámara de Diputados sobre pensiones.
Asimismo, aprobará 19 nombramientos de magistrados electorales para los estados, así como a cinco magistrados de justicia administrativa y también magistrados agrarios, lo que se desahogará en las sesiones de los días 9, 10 y 11.
El pasado fin de semana, la Comisión de Justicia, que preside el morenista Julio Menchaca, distribuyó el proyecto de dictamen de la ley de la FGR en el que se establece que el Ministerio Público será representante de la sociedad y garante del acceso a la justicia. Se apoyará de elementos de la Guardia Nacional y se delimitan los alcances de su colaboración en materia de investigación.
En el proyecto se apunta que se trata de una nueva ley que disponga la integración, funcionamiento y atribuciones de la FGR conforme a las facultades que la Constitución le confiere como órgano público autónomo.
Se indica también que la FGR contará con equipo mixtos de investigación y litigación, y que el fiscal podrá ser sujeto a juicio político. Prevé además el establecimiento de un nuevo modelo de gestión acompañado de un mecanismo de ventanilla única mediante el cual se canalicen de forma oportuna los asuntos para su adecuado desahogo y atención, y de esta forma atender el reclamo y aspiración social respecto a una eficiente y adecuada procuración de justicia.
De igual forma, dispone la creación de unidades encargadas de la investigación del delito, dotadas de autonomía técnica y de gestión en cuanto a su funcionamiento interior, pero sujetas en su estructura orgánica a la jerarquía institucional y facultades legales y normativas de cada unidad administrativa de la fiscalía.
Se establece un marco especial de medidas disciplinarias para los agentes de la Policía Federal Ministerial y para los facilitadores, consistente en amonestación pública o privada, arresto hasta por 24 horas o suspensión temporal sin goce de sueldo hasta por tres días. Derivado de lo anterior, se precisan los términos y alcances de la aplicación del arresto, precisando que toda orden de arresto deberá darse por escrito y estar debidamente fundada y motivada, a efecto de evitar abusos y/o arbitrariedades en su aplicación.
También destaca el establecimiento de un esquema de facultades diferenciado para los agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes de la Policía Federal Ministerial, peritos, analistas y facilitadores, conforme a su respectivo ámbito de actuación.
En lo que se refiere a la responsabilidad del titular de la FGR, se prevé que le serán aplicables los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia, conforme a lo dispuesto en la Constitución, sin soslayar que tanto el fiscal como los demás servidores públicos de la dependencia estarán sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.