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DOF publica decreto

Celebra ONU que México prohíba la detención de menores migrantes

El Ejecutivo tiene seis meses para emitir las leyes reglamentarias

 
Periódico La Jornada
Jueves 12 de noviembre de 2020, p. 15

Diversas organizaciones de derechos humanos celebraron la publicación de un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) mediante el cual se armonizan las leyes de Migración y sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, las cuales señalan la prohibición de que niñas, niños y adolescentes migrantes sean detenidos.

Los representantes en México de oficinas de la Organización de Naciones Unidas –entre ellas el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y la Agencia para los Refugiados– celebraron las mencionadas reformas, por considerar que con ellas se garantizará de manera más efectiva el cumplimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia migrante, solicitante de asilo y refugiada.

Mientras tanto, la organización civil Asylum Access recordó que el artículo 99 de la primera norma indica que los menores de edad, independientemente de que viajen o no en compañía de un adulto, no pueden ser privados de la libertad por motivos migratorios.

Lo anterior implica, señaló el colectivo, que el Instituto Nacional de Migración (INM) no podrá detener a infantes o adolescentes en estaciones migratorias ni en ningún lugar habilitado para ello. Además, antes de iniciar cualquier procedimiento, la autoridad deberá notificar a la Procuraduría de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en particular en casos donde la vida, la libertad o la seguridad de los menores esté en riesgo.

Con la publicación en el DOF de la reforma, se inicia el plazo de dos meses para su entrada en vigor. En tanto, corre también el tiempo para que el Ejecutivo emita, en un plazo no mayor a seis meses, las leyes reglamentarias.