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Lineamientos para concluir el semestre en línea violan Ley Orgánica del IPN: docentes
 
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de junio de 2020, p. 14

El Instituto Politécnico Nacional (IPN) emitió los lineamientos para la conclusión en línea del actual semestre 2020-2, actualmente en curso, en el que enumera y detalla todas las facultades y obligaciones que tienen los directivos y docentes en esta etapa extraordinaria de la pandemia del Covid-19 y el obligado uso de las tecnologías para la impartición de clases en línea.

Profesores e incluso directivos de la institución advierten que dichos lineamientos rebasan por mucho las facultades que establecen la Ley Orgánica y Reglamento Interno del IPN, y en las mismas condiciones de trabajo pactados, por lo que se analiza la opción de interponer un amparo u otros recursos legales.

Señalaron que aun cuando entienden lo extraordinario de la situación, dichos lineamientos van más allá de regular la actividad académica y se introducen de manera violatoria, pues intentan posicionarse, en principio, sobre la Ley Orgánica, al establecer nuevas facultades para directores y subdirectores, pasando también por alto al Consejo General Consultivo del IPN.

Docentes del Frente Sindicalista Lázaro Cárdenas y de Unidad Politécnica advirtieron que estos lineamientos sientan las bases legales para aplicar descuentos a los profesores del IPN que no se adapten a impartir clases de manera virtual. Por ejemplo, entre las facultades que se otorgan a los directores de unidad académica está la de establecer un código de ética y un marco de operación claro en la interacción en línea entre los miembros de la comunidad escolar que propicie un ambiente respetuoso, flexible y colaborativo, que garantice la privacidad de los datos e información de estudiantes y docentes.

Profesores y directivos consultados señalaron que ahora tendrán por lo menos 66 códigos de ética diferentes entre planteles y centros de investigación. Bajo esta dinámica, un director podría por motivos políticos definir tu cese por violar su código de ética, cuando no es la instancia correspondiente y cuando las causales de sanción están en otros documentos normativos.