Miércoles 3 de junio de 2020, p. 30
El juez quinto de distrito en materia administrativa dio la posibilidad al Gobierno de la Ciudad de México de continuar con la obra del puente vehicular en Periférico, en Xochimilco, siempre y cuando extreme medidas para no afectar al medio ambiente.
Dicha resolución fue considerada por la Coordinación de Pueblos, Barrios Originarios y Colonias de Xochimilco como muy ambigua
y contraria al derecho del medio ambiente sano, por lo que prepara un recurso para revocar dicha resolución.
Los inconformes afirmaron que la obra se encuentra en un área natural protegida que sería afectada por el simple hecho de construir el puente.
El Programa de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas establece expresamente que cualquier actividad que se lleve a cabo en todas las áreas deben realizarse con el objetivo de conservar, mejorar o restaurar la zona, no de destruirla más
.
La autoridad dictó medidas cautelares a fin de que el gobierno central acate el Acuerdo de Facilidades en materia de Impacto Ambiental para la Realización de Obras, que ordena el cumplimiento de la normatividad aplicable, así como medidas de prevención, mitigación y compensación.
Criticaron que dicho documento permite a la Secretaría de Medio Ambiente autorizar obras públicas sin sujetarse estrictamente al procedimiento de evaluación de impacto ambiental estipulado en la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra.
Se ingresará el recurso con el objetivo de revocar esta decisión del juez que abona a la realización de actos irreparables, como el derribo de 639 árboles, lo cual es contrario a esa prohibición para ese tipo de obras públicas en áreas naturales protegidas establecida en la Ley Ambiental local
.
De acuerdo con el artículo 88 bis del citado ordenamiento, la autorización para el derribo, poda o trasplante del arbolado en suelo de conservación, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas, se limitará a medidas fitosanitarias o de prevención de incendios.