Domingo 31 de mayo de 2020, p. 28
El gobierno capitalino publicó los lineamientos para la ejecución gradual hacia la nueva normalidad en la Ciudad de México, en los que establece la creación de un comité de supervisión sobre el comportamiento del Covid-19, el uso obligatorio de cubrebocas y la definición de una serie de medidas que deberán adoptar las empresas que reanuden sus actividades conforme al esquema de semáforos.
En el acuerdo publicado en la Gaceta Oficial se establece que el comité de supervisión dará seguimiento a la ocupación hospitalaria por sospecha o confirmación de coronavirus y determinará las fechas de modificación de los colores del semáforo, que se darán a conocer todos los viernes para su aplicación al lunes siguiente.
También anunció que a partir del 15 de junio los tianguis reanudarán su actividad con los protocolos y medidas que emitan las autoridades, en coordinación con las alcaldías, y que será hasta el 10 de agosto cuando trabajadores de la administración capitalina que suspendieron sus labores regresen.
Registro en Internet
Además del uso de cubrebocas, se sugiere portar protectores visuales (goggles) y caretas en espacios abiertos y cerrados, mantener el estornudo de etiqueta, no escupir, guardar la sana distancia de 1.5 metros, así como evitar joyería, corbata, barba y bigote, por ser reservorios de virus, entre otras medidas.
En los lineamientos se establece que para reanudar actividades las empresas deben poner algunas acciones de seguridad. Además de registrarse ante el IMSS, tendrán que hacer lo mismo a partir del 16 de junio en la plataforma http://covid19.cdmx.gob.mx/ medidassanitarias, en donde, si son aceptadas, se les dará una carta compromiso que será colocada en un lugar visible y pueda constatarse su cumplimiento.
También deberán respetar las condiciones, horarios y jornadas de trabajo que se establezcan en los lineamientos o protocolos de medidas de protección a la salud del sector al que correspondan.
Además, se publicó el acuerdo por el que se extiende hasta el 9 de agosto la suspensión de plazos y términos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos de los órganos del gobierno.
En el caso del impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos, cuyo vencimiento era el 31 de marzo, se otorga una ampliación hasta el 30 de junio.