Aplica a gasolinas, diésel y gas
Sábado 25 de abril de 2020, p. 27
Mexicali, BC., Con 15 votos a favor y siete en contra, el Congreso local aprobó este viernes el dictamen 65 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, mediante el cual se reforman los artículos 134, 135, 136 y 156 de la Ley de Hacienda para permitir la creación de un impuesto ambiental por la emisión de gases a la atmósfera y se aplicará a las gasolinas, al diésel y al gas natural y licuado.
De acuerdo con una iniciativa enviada por el gobernador Jaime Bonilla, del partido Morena, el impacto de este nuevo gravamen será directo a las personas físicas, morales y a las unidades económicas residentes en el estado
, aunque también para quienes vivan fuera de Baja California pero tengan instalaciones o fuentes fijas en las que se expendan al consumidor final bienes o productos que generen emisiones a la atmósfera
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Durante la votación la noche de este viernes, 13 diputados de Morena y dos independientes sufragaron a favor y siete en contra (PRI, PAN, PRD, MC y PBC). Transformemos se abstuvo.
El impuesto a pagar se determinará al aplicar una cuota de 17 centavos por cada litro o kilogramo de Co2 y considerar que el factor de emisión por gasolina es de 2.1 por litro; el diésel, 2.4 por litro; gas natural, 2.6 por kilo, y gas LP, 3 por kilo. De igual forma se indica que los contribuyentes pagarán este impuesto sin que proceda acreditamiento alguno contra dicho pago
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El 20 por ciento de la recaudación obtenida por este impuesto se propone otorgarlo a los cinco municipios en partes iguales y en proporción a la recaudación en cada ciudad, procurando destinar de manera preferente dicho recurso para la promoción y desarrollo de programas en favor del medio ambiente
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El 80 por ciento restante será para el gobierno estatal que tendrá libertad de dispersarlos preferentemente
a programas del medio ambiente, sin considerar acciones de mejora de la calidad del aire.
Este tributo modifica el incremento de 2.5 por ciento a combustibles y de 5 al gas LP contenido en el decreto 40 emitido la noche del 31 de diciembre pasado para modificar la Ley de Ingresos del Estado y establecerlos ahora en la Ley de Hacienda.
A diferencia de entonces, en esta ocasión la reforma al artículo 136-1 de la Ley de Hacienda establece que este impuesto no deberá trasladarse a las personas que adquieran los bienes referidos; es decir, los gasolineros y gaseros deberán asumirlos y no cobrarlos al consumidor.
En aquella ocasión, empresarios gasolineros y afiliados a la Coparmex promovieron ante el Poder Judicial de la Federación más de 200 solicitudes de amparos por considerar que esos impuestos estatales afectarían a la economía bajacaliforniana de manera directa. Además, criticaron el compromiso del presidente López Obrador de mantener la política fiscal y el precio de combustibles.
Al igual que en los gravámenes de fin de año, en los cambios a la Ley de Hacienda se establece que esta carga tributaria a los empresarios debe informarse al Estado a más tardar el día 25 del mes siguiente al que corresponda el pago.