Sociedad y Justicia
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Rechaza la SCJN proyecto de sentencia que permitiría a Sanborns vender vapeadores
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de marzo de 2020, p. 36

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un proyecto de sentencia que proponía amparar a Sanborns para que pudiera vender cigarros electrónicos en todas sus tiendas.

En votación dividida (tres a dos), la segunda sala de la SCJN rechazó la propuesta presentada por el ministro Javier Laynez Potisek, donde se planteaba otorgar el amparo, conforme a los precedentes de propio máximo tribunal del país, al fallar en casos similares.

Desde 2015, la SCJN ha otorgado tres amparos a empresas diferentes, quienes impugnaban la Ley General para el Control del Tabaco, en su artículo 16, que prohíbe comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.

Estos amparos habían sido otorgados bajo el argumento de que si el comercio del tabaco no está prohibido, tampoco puede vetarse la venta de productos asociados a esta planta.

Cambio de criterios

Sin embargo, la resolución de ayer significa un cambio en los criterios de la SCJN respecto a los cigarros electrónicos o vapeadores, lo cual ocurre 15 días después de que se emitió un decreto presidencial que prohibió la importación de este tipo de dispositivos, con el argumento de proteger la salud de los mexicanos.

De haber obtenido el amparo, la tienda quejosa habría podido vender estos productos, pero únicamente de fabricantes nacionales. Sin embargo, el cambio de criterio de la SCJN le cerró, por lo pronto, esta posibilidad.