Miércoles 4 de marzo de 2020, p. 8
Barcelona. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró incorrecta la euroorden emitida contra el rapero Valtonyc, lo que complica su posible extradición a España, a la espera de que la justicia de Bélgica se pronuncie sobre el caso.
En una sentencia publicada este 3 de marzo, el TJUE señala que la Orden de Detención y Entrega europea cursada por la Audiencia Nacional española contra el mallorquín Josep Miquel Arenas, de nombre artístico Valtonyc, se basa en un código penal posterior al que debería.
En concreto, la euroorden que reclama la entrega del rapero por un delito de terrorismo, que hace referencia a las letras de sus canciones, contempla el código penal de 2015, pese a que su condena en España fue dictada según el código de 2012.
El código en el que se basa España incluye penas más duras por delitos relacionados con el terrorismo que las que existían cuando Valtonyc fue juzgado, y entran en el supuesto de que el cantante debería ser extraditado inmediatamente.
Ahora, Bélgica deberá comprobar si el delito por el que España reclama a Valtonyc existe también ahí y debe valorar el código penal de cuando ocurrieron los hechos. Además, la euroorden no se podrá ejecutar de forma automática.
Valtonyc fue condenado en 2017 a dos años de prisión por enaltecimiento del grupo separatista vasco ETA, a un año por injurias al rey y a seis meses por amenazas en canciones suyas de 2012 y 2013.
Antes de entrar en prisión en mayo de 2018, el músico se marchó a Bélgica. Su abogado, Simon Bekaert, celebró ayer en Twitter una victoria provisional una vez más en el caso y un paso más hacia la no extradición
, tras una primera decisión favorable de la justicia belga en septiembre de 2018.
Su caso no es aislado. Internautas y artistas han sido condenados por mensajes considerados como apología del terrorismo, en virtud de una ley antiterrorista que se usa para reprimir expresiones de índole política
en las redes sociales, según Amnistía Internacional.